La asignatura de religión será voluntaria, quienes no la deseen recibirán una «debida atención educativa», los profesores que la impartan serán contratados de forma «indefinida» y la retirada de la «venia docendi», que conceden los responsables de cada confesión, habrá de ser «justificada y ajustarse a derecho».
El Ministerio de Educación y Ciencia ha difundido un comunicado con los aspectos de la regulación básica de la asignatura, después de concluir la ronda de consultas con la Conferencia Episcopal Española antes de la aprobación de los Reales Decretos sobre religión.
El Ministerio precisa que la asignatura no será computable para la obtención de becas o el acceso a la Universidad.
Además, explica que esta regulación «garantiza el derecho de los padres a elegir la educación que desean a sus hijos», ya que para los que no quieran la asignatura de Religión «los centros educativos establecerán las formas más adecuadas de proporcionarles la debida atención educativa».
Esta formulación ha recibido el visto bueno del Consejo de Estado en el Proyecto de Real Decreto por el que se establecen las Enseñanzas mínimas de Educación Primaria.
En Educación Secundaria Obligatoria, quienes elijan religión podrán optar, además de por religión católica u otras que tengan convenios con el Estado Español, por estudiar una asignatura de Historia y Cultura de las religiones.
La enseñanza de Religión se estudiará un total de 175 horas en Educación Secundaria Obligatoria, en vez del mínimo de 210 vigente en la actualidad.
Los profesores, que se beneficiarán del Estatuto de Trabajadores, deberán cumplir los requisitos académicos exigibles a los demás profesores (poseer el título de magisterio en Primaria o Licenciatura en Secundaria) y contar con la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la confesión religiosa.