La Corte Constitucional (CC) de Colombia dictó un fallo sin precedentes en este país. Ordenó al Instituto de Seguro Social (ISS) pagar la pensión al compañero sentimental durante 28 años de un sacerdote católico que murió en el 2009. Para sustentar su dictamen, el alto Tribunal colombiano recordó que está en vigencia el reconocimiento de que las parejas homosexuales también constituyen una familia.
La CC también desechó las resoluciones de los jueces en primera y segunda instancias, en las cuales se negó la pensión de sobreviviente a la pareja del religioso, quien planteó una demanda para acceder a ese beneficio. En ambos casos, los magistrados habían basado sus decisiones en el argumento de que no se podía romper el voto de castidad que el cura había acogido cuando se ordenó. No obstante, en su alegato ante la Corte, el abogado del demandante argumentó que Colombia es un Estado laico y que “ninguna institución del sistema de seguridad social puede presumir hechos de naturaleza religiosa o de índole similar para negar estos derechos”.
Así lo declaró al Canal Caracol el jurisconsulto Germán Rincón Perfetti, representante del movimiento LGBT de Colombia. Este, además, adelantó que el fallo sienta un precedente jurídico para que otras parejas gay puedan plantear similares reclamos. Precisamente, la CC tomó en consideración la tesis de la defensa del demandante, cuya identidad, así como la del sacerdote, no se ha precisado por el momento, para emitir la sentencia sin precedentes.
El veredicto se conoció en medio de la expectativa que existe en este país alrededor de otro tema controversial sobre el cual se pronunciará el alto Tribunal. Este deberá decidir si aprueba o no la adopción de niños por parte de parejas homosexuales. El fallo debió ser anunciado la semana pasada.
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