El acceso a la vivienda, un derecho no ratificado por España -- Veus. Arrels Fundació

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Cristianismo y justicia

Una persona que se queda sin casa también puede acabar en la calle. Sólo en 2010, en el Estado español se prevén 181.000 ejecuciones hipotecarias y embargos, una cifra que en tres años podría llegar a 350.000. Para evitarlo hay mecanismos de defensa, como la Carta Social Europea que España todavía no ha ratificado.En 1961, los países de la Unión Europea aprobaron la Carta Social Europea (pdf), un documento que habla de los derechos sociales, legales y económicos de todos los ciudadanos de la UE y que ya establecía derechos en materia de vivienda.

En 1996, la Carta fue revisada y aprobada en una nueva versión, con un artículo específico sobre la necesidad de los Estados de promover el acceso a una vivienda digna.

Se trata de un documento en la línea de las normativas internacionales de la ONU y que establece los estándares europeos en materia de derecho a la vivienda: contratos y precios no abusivos, número de viviendas suficiente para la población, promoción de la vivienda social, prevención y reducción del sinhogarismo ?? La Carta es un instrumento de defensa y protección mediante el cual se puede exigir que el Estado rinda cuentas. Pero para eso hace falta que antes los países la firmen y la ratifiquen. El Estado español firmó y ratificó en su momento la Carta de 1961 pero todavía no ha ratificado la versión vigente.

?Los Estados tienen que asegurar que los derechos a la vivienda son efectivos en la práctica. Incluso cuando existen alternativas judiciales para las violaciones del derecho a la vivienda, el rol del Estado tendría que ser el de implementar y supervisar activamente este derecho??, señala el comisario europeo para los derechos humanos, Thomas Hammarberg, en un documento de recomendaciones para la implementación del derecho a la vivienda. Ejemplo de eso es Escocia, con una ley sobre vivienda que habla del deber de proveer alojamiento a las personas sin hogar, y otras legislaciones nacionales europeas que garantizan que nadie será desahuciado sin permiso de un juez y sin una buena causa demostrada.

Un derecho desprotegido en España

En el Estado español, la Constitución garantiza el derecho a tener una vivienda digna y confiere a la administración la obligación de impedir la especulación. Pero el modelo de vivienda que se impulsa lo incumple y mucha gente se ha tenido que endeudar para acceder a una casa. Según el Consejo General del Poder Judicial, en 2009 se produjeron 115.000 ejecuciones hipotecarias y se estima que la cifra llegue a 181.000 este 2010 y a las 350.000 en los próximos tres años. Por otro lado, el Instituto Nacional de Estadística calcula que en todo el Estado hay 3,1 millones de viviendas vacías.

La crisis y la pérdida del trabajo llevan a muchas familias a perder su casa y, como explica la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, a una ?condena financiera??, ya que el banco se adjudica la vivienda y la familia tiene que hacer frente a una deuda económica, a la que hay que sumar los intereses y los gastos judiciales.

En este contexto, entidades como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca piden que se regule la dación de la vivienda como pago total de la deuda, es decir, que si el banco ejecuta la hipoteca y se queda con la casa la deuda de la familia quede liquidada, como ya pasa en otros países europeos y en Estados Unidos.

En Cataluña, el consejero de Medio Ambiente y Vivienda, Francesc Baltasar, explicaba a principios de año que una de las medidas que se llevan a cabo para combatir ?de manera decidida?? la exclusión social residencial es el acuerdo con las entidades financieras para convertir los hogares que no pueden pagar la hipoteca en viviendas de alquiler, mediante la dación en pago de la vivienda y la condonación de la deuda. Sobre esta práctica, entidades como el Observatorio DESC muestran su preocupación de que sea ?una ayuda que las entidades bancarias puedan usar de forma discrecional?? y que convierta a los bancos y cajas de ahorro ?en los grandes propietarios del parque de vivienda de alquiler??.

El derecho a la vivienda para prevenir el sinhogarismo

En Arrels pensamos que defender el derecho a la vivienda significa prevenir futuras situaciones de sinhogarismo. Para una persona, el hecho de perder su casa significa perder otros derechos, como el de vivir segura, con las necesidades básicas cubiertas, con un espacio estable para organizarse el tiempo y las actividades?? ?¿Si la clase media y media-baja tiene problemas para pagar su casa y en muchos casos la está perdiendo, qué no puede pasar en el caso de las personas en una situación económica más vulnerable???, afirma el responsable de programas de atención directa de Arrels Fundació, Paco Gea.

Según Gea, ?estas personas lo tienen más difícil, aunque formen parte de un proceso de inserción. Fruto de esta situación aparecen también soluciones alternativas, como la práctica de realquiler en la que personas sin muchos recursos alquilan habitaciones de su casa a otras personas en una situación económica similar??. De aquí la importancia de incidir en la prevención, apoyar a las personas de manera integral -en temas de vivienda, trabajo, salud?? -, y defender derechos como el de la vivienda, para prevenir futuras situaciones de exclusión.

Más información:
Informe con las recomendaciones del comisionado para los derechos humanos sobre la aplicación del derecho a la vivienda
Comisionado para los Derechos Humanos del Consejo de EuropaCarta Social Europea (documento en pdf)
Plataforma de Afectados por la HipotecaObservatorio DESC