CONFESIONES DEBERÁN JUSTIFICAR RETIRADA DE AUTORIZACI?N DOCENCIA

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EFE-Terra

Las respectivas confesiones deberán justificar la retirada de la autorización concedida a los profesores de religión para impartir clase como una de las causas de extinción del contrato de estos docentes, según explicó el viernes a EFE el subsecretario de Educación y Ciencia (MEC), Fernando Gurrea.

El Ministerio presentó el jueves a los sindicatos un borrador de Real Decreto que regula la relación laboral de los profesores de religión no funcionarios que enseñan en los centros públicos, prevista en la Ley Orgánica de Educación (LOE).

Gurrea dijo que no se mantiene la situación vigente hasta ahora, sino que las autoridades religiosas deben motivarlo ‘expresamente’ cuando comunican a un poder público que una persona no tiene ya la acreditación para impartir la fe y la moral correspondientes.

La LOE lo dice, según Gurrea, la rescisión será ‘ajustada a derecho’; eso, agregó, ‘significa o conlleva siempre motivación’, y en la propuesta de Real Decreto ‘aparece la necesidad de motivación.’

Las administraciones públicas no tienen capacidad para valorar la justificación porque es una cuestión amparada por ‘el derecho de libertad religiosa’, comentó.

La confesión religiosa puede retirar la autorización para la docencia también durante el curso ya iniciado, precisó Gurrea, y la administración educativa extinguirá el contrato de acuerdo con los derechos que asisten al profesor como trabajador, que antes no tenía, y que fija el Estatuto de los Trabajadores.

Si el trabajador no está conforme, podrá impugnarlo ante los tribunales de justicia, contra la confesión religiosa o la administración.

‘Yo, como abogado, litigaría contra los dos’, dijo Gurrea, quien añadió que ya hay algún precedente de juces que establecen la responsabilidad y el abono de indemnizaciones por parte de la confesión religiosa.

Según la LOE, la propuesta para la docencia por la autoridad religiosa se renovará ‘automáticamente’ cada año.

La autorización, hasta ahora, indicó Gurrea, normalmente se renovaba año a año; se presentaba una lista de profesores habilitados que en algún caso variaba, pero las razones de ello no se conocían porque ‘eso hasta ahora no se explicaba’.

El borrador, que no está articulado, cita expresamente que el contrato se extinguirá por la ‘voluntad del trabajador’; cuando la administración educativa lo considere necesario por ‘graves razones’ académicas o disciplinarias.

También por ‘retirada de la autorización para impartir clases de religión de la confesión religiosa que la otorgó’; y ‘por las demás causas de extinción previstas en el Estatuto de los Trabajadores’, según el texto, al que tuvo acceso EFE.

‘La relación laboral de los profesores de religión se renovará automáticamente cada año escolar salvo remoción ajustada a derecho’, según otro punto.

La contratación laboral se regirá por este Real Decreto, sus normas de desarrollo y ‘por el Estatuto de los Trabajadores’.

Los conflictos entre el profesorado de religión y la administración educativa competente por la aplicación del Real Decreto serán ‘de la competencia de los Jueces y Magistrados del Orden Jurisdiccional Social’.

En el acceso al destino se respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito y capacidad.