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1. Presentación
Mi exposición está basada en una doble experiencia, por un lado como académica especializada en sociología desde hace varios años y, por otra parte, después de haber ocupado un cargo público especializado en igualdad durante cuatro años. Pero aquellas situaciones que me gustaría compartir en relación al tema que nos convoca en este congreso, es una experiencia más práctica, la que obtuve como miembro del Comité Antidiscriminación de la Mujer de Naciones Unidas, CEDAW. Un comité creado en 1978, cuyo objetivo era examinar a los Estados sobre sus políticas de igualdad, del mismo modo que hacen otros comités como UNICEF sobre infraestructuras y educación para los menores.
El funcionamiento siempre es el mismo: los Gobiernos a través de una delegación formada por Ministros, jueces, o en su defecto, por el cuerpo diplomático, debe exponer durante todo un día completo, qué políticas públicas arbitraban en torno a la igualdad entre mujeres y hombres. Entre estos Estados que rendían cuentas ante Naciones Unidas también se encontraba España; nuestro país, como el resto, saben que junto a su presentación institucional y su acción política, deben facilitar que se exprese la sociedad civil, para ello financian a ONGs, en mayor o menor grado, su presencia durante las sesiones de trabajo. De esta manera todos los Comités disponen de informes paralelos realizados a partir de datos obtenidos por asociaciones ciudadanas1. Se sabe muy bien que la ciudadanía es la más acreditada para detectar qué fallos tienen los servicios públicos, o cómo deben eliminarse discriminaciones en sus respectivas legislaciones.
En las sesiones de la CEDAW resultaba estimulante percibir las diferencias entre países de religión protestante y católica. Como si las lecciones aprendidas en el campo de la sociología fueran del todo actuales. Porque la disciplina sociológica se ha ocupado rigurosamente de las relaciones entre sociedad y religión, o dicho de otro modo, de estudiar la relación entre racionalidad y creencias, tarea nada fácil por cierto. Para Weber la religión podía contener tanto elementos racionales, como irracionales, la racionalidad procedía, sin lugar a dudas, de su innegable entidad institución, aunque desde nuestro presente, sabemos que la religiosidad no tiene por qué estar institucionalizada. Pero el sociólogo alemán (Weber, 1988) no podía negar que el calvinismo imprimió reglas eficientes para la economía y la industria, más conocido como el ?espíritu del capitalismo??.
Unos significados de progreso que la Reforma Protestante aplicó a su espacio productivo, porque a diferencia de los países católicos, el beneficio del otro mundo, se consigue precisamente en este mundo. Y la religión católica más que un programa de actuación respecto a la exigencia de un trabajo bien hecho, se centraba en el culto a una autoridad transcendente y una vida sin pecado a la espera de una recompensa futura. Lo que nos llevaría a preguntarnos desde una perspectiva católica: ¿cómo de sólidas o de permeables son las fronteras cuando entran en conflicto intereses muy distintos? Por ejemplo, la controvertida relación entre religión y ciencia. O entre derechos humanos y creencias religiosas. En suma, ¿qué grado de autonomía es el deseable entre la sociedad y la religión?
2. El poder de influencia
Si la religión fuera sólo una doctrina o la adhesión a un credo, no gozaría de tanto poder de influencia. Las instituciones religiosas aspiran a ser parte de la cultura social. Una cultura que transcienda a sus propios creyentes para instaurar pautas en el espacio público. ¿Es esta dimensión cultural religiosa la que explicaría las pertinaces resistencias en España para abordar el laicismo? Si tuviéramos que señalar sus características como cultura, la primera de ellas sería la defensa a ultranza de su modelo a partir de ?su?? Verdad. Algo común de las ?instituciones totales??2, las cuales son autorreferentes; en otras palabras no hay otro criterio a seguir que sus preceptos internos. Una cultura que asigna símbolos y formas de entender las obligaciones de la sociedad civil, incluidos los poderes públicos. Por ejemplo, las celebraciones y festividades de la mayoría de las ciudades de nuestro país, culminan en una misa, en la que participan las autoridades públicas de ayuntamientos, comunidades autónomas, además de los representantes de otras instituciones, jurídicas, sociales, económicas, sin que existan rituales laicos alternativos3.
Su segunda característica radica en la defensa de los propios principios religiosos, asignando deberes a la sociedad civil y sustentando un discurso basado en las identidades. Por ejemplo, la ?identidad europea?? en cuanto a sus raíces cristianas fue parte de un arduo debate cuando la Unión Europea redactaba su Constitución. Apelar a unos orígenes históricos, sirviéndose de sus ceremonias, rituales o símbolos, logran promover un sentimiento de pertenencia al grupo. Por las mismas razones, la cultura/religión católica se erige en predominante frente al resto de las culturas religiosas, apelando a la formación de occidente, o a cualquier otra diferencia. De este modo, el resto de las culturas carecen de legitimación para interpelar sus prácticas sociales. Desde este argumento, la cultura católica en nuestro país y sus instituciones concebían la sociedad española como estática, homogénea, y por ello se debía mantener un papel relevante en el sistema educativo4, porque de este modo se eliminaría la contradicción entre la acción humana y la verdad suprema, como si fueran dos registros de una misma realidad.
Prueba de ello es el, aún vigente, convenio con el Vaticano: el Concordato con la Santa Sede5 que garantiza importantes privilegios e influencia en la vida pública. En definitiva no es necesaria una conducta de cambio y modernización, además la institución religiosa católica puede apelar a un orden distinto del terrenal, porque esta asimetría en obligaciones, y su intervencionismo contra los derechos ciudadanos: como el divorcio, el IVE, o el matrimonio igualitario parece formar parte de su ideario.
En una sociedad de cambios e inseguridades, las instituciones religiosas aspiran a ocupar el único lugar proveedor de las máximas certezas. Una muestra de la defensa de la tradición y lo inmutable, son los roles femeninos y masculinos, con una clara jerarquía entre ellos. Sin embargo, hoy en día nada es inmutable: los roles, las instituciones, los marcos afectivos, todos han variado sus formas de expresión. Es más, resulta difícil contar con puntos de anclaje que nos garanticen una seguridad con respecto a la pareja, la familia, o el trabajo. Todos nuestros vínculos están sometidos a cambios constantes y las distintas generaciones van a impugnar el orden establecido, quieren cambiar los referentes6. Ante este panorama, Beck aporta su categoría riesgo7, que viene a definir las sociedades contemporáneas como lugares donde la incertidumbre, y no la estabilidad, es la que define todas las relaciones sociales contestando a aquellas instituciones que se sustentan en dogmas y tradiciones. Pero este esquema de pensamiento es una amenaza para las instituciones religiosas tan propensas al conservadurismo. Porque cuando el orden social se muestra más flexible, promueve una apertura mental y permite ensayar nuevas formas de vida: matrimonios civiles, o matrimonios igualitarios, o divorcios8 por mutuo consentimiento, una sexualidad centrada en el placer y no en la reproducción biológica. Gracias a estos cambios, no hay forma de apelar a lo natural, porque lo que era natural se transforma en meros valores sociales y, como tales, siempre son revisables por los nuevos estilos de vida.
Aunque bien es verdad que la religión fagocita la modernidad adaptándola a sus necesidades y en el mismo espacio y tiempo es fácil observar, tanto en ciudades tradicionales, como más cosmopolitas, a mujeres sin rostro totalmente veladas, acompañadas por hombres árabes con un teléfono móvil de última generación o, bien los lugares de culto como las mezquitas provistas de antenas parabólicas. Esto no es un obstáculo para que la libertad religiosa sea concebida como un esencial derecho humano9, un derecho protegido porque se les considera merecedoras de una protección frente a la discriminación por motivos de creencias religiosas.
4. Extrañas coincidencias entre países
En las sesiones de un Comité siempre hay espacio para la extrañeza, la cual es muy útil porque permite evita los sobreentendidos. Pero aun así siempre hay sorpresas y, sobre todo, desacuerdos. Me refiero al momento en que los Estados, a pesar de saber que sus países padecen severas desigualdades, tratan de convencer a los miembros del Comité sobre las razones de que esto suceda, como si no escapará a su responsabilidad que esto ocurriera. De esta manera, cuando sus respectivas delegaciones de gobierno exponen sus ideas, lo habitual es que existan disparidad de criterios e interpretaciones. Hasta aquí todo lógico, nadie quiere suspender en un examen, y menos en un foro internacional. Pero lo que resulta excepcional es que aquellos Gobiernos con una notable influencia religiosa, se sentían perplejos, por no decir profundamente decepcionados, ante la demanda del Comité para que el credo religioso de su país no interfiriera en lo que deberían ser derechos constitucionales. Es como si más que una diferencia de criterio, se interpretará la aptitud del Comité como la más absoluta falta de respeto ante la dimensión del fenómeno religioso. La cuestión es que en demasiadas ocasiones se trataban a los derechos humanos como si éstos fueran fruto de una concesión y estuvieran expuestos a la discrecionalidad de quien los administra. Es evidente que esta posición nos remite a una lucha de intereses, porque quienes defendían a las instituciones religiosas siempre cuentan con la suficiente legitimidad10 en el espacio público para incidir en la acción de gobierno y/o en las propuestas legislativas adaptándolas a su ideario.
De las más asombrosas coincidencias entre países son sus atribuciones sobre el papel de las mujeres en la sociedad. Incluso, en países del entorno europeo más secularizados, Alemania, Reino Unido, Holanda, o los escandinavos, participan de un común denominador, que podría resumirse en una sola frase: las mujeres son un colectivo con especiales dificultades de integración (podría añadirse aquí cualquiera de los campos: empleo, ciencia, decisiones políticas). Lo curioso es que en este caso, también se trata de una cuestión de creencias, porque los datos estadísticos desmienten el concepto de colectivo puesto que, en términos estadísticos y demográficos, las mujeres suponen la mayoría de la población, (en España alcanza el 51,3% 11) Y, como todos los colectivos, éstos siempre presentan especiales dificultades de integración. ¿Y a partir de qué características se interpreta que las mujeres son un colectivo? Esencialmente por dos razones, la maternidad y las responsabilidades doméstico familiares.
Pero ¿acaso, no siempre ha sido así? La apelación a la costumbre, a la tradición, a la historia es un excelente instrumento de socialización, que ofrece pocas resistencias. La costumbre como principio de validez nunca falla, además aporta a los individuos la seguridad de que se ha seguido un camino trazado por un consenso, portarse como debe ser. Además es una pieza clave de la reproducción social, que consiste en que la sociedad mantenga sus reglas, siempre que los individuos ?repitan?? aquellas conductas que se espera de ellos. Es lo que se denomina la reproducción social. Es decir, asimilar y repetir lo que todo el mundo hace. Y bajo este esquema se forman los roles que conllevan unas expectativas sociales sobre qué papel debe jugar cada uno, hombres y mujeres en la sociedad. Sin embargo, estas reglas no son inocuas, remiten a formas de ideología y de dominación12. Por estas razones, la costumbre y la tradición, son los significados más recurrentes de las instituciones religiosas y, por supuesto, de aquellos gobiernos de países latinoamericanos tan cautivos de unos sistemas ideológicos de signo religioso.
La ideología ?nos dice Guiddens- son relaciones de dominación que conectan sus significados con pretensiones de legitimación colectiva, pero basada en intereses particulares. Si las sociedades han legitimado la discriminación de las mujeres, también ayudándose de los significados de costumbre y tradición, la religión ha sido una gran aliada de esta exclusión, sin excepciones. Es cierto que cada religión aspira a ostentar una verdad única, respecto a otros credos, esta vez una lucha por la legitimidad entre religiones. Todas creen promover una identidad religiosa que impida un individualismo, a favor de una colectividad de creyentes.
Pero lo que nos interesa aquí no es sólo la puja por ser la religión predominante en un país, sino cómo los argumentos religiosos aspiran a influir en el ámbito público, y al mismo tiempo no lo reconocen como generador de principios normativos, empezando por los textos constitucionales. La Iglesia Católica disfruta de una fuerte influencia, a través de su jerarquía, la Conferencia Episcopal, pero también con otras instituciones como el Opus Dei, con un gran peso en el sector de la enseñanza concertada. Y en la educación de las costumbres, el rol de madre y esposa han formado parte del imaginario social, con unas severas reglas morales, basadas en un buen comportamiento y en la evitación del pecado. Las mujeres han sido objeto de escrupulosas advertencias por parte de todas las religiones monoteístas en sus textos fundacionales: el islam, el cristianismo y el judaísmo. Bastan sólo unos ejemplos: Que sea casta (Corán, 5:5), que sea religiosa y serás feliz (Al Bujari, 4802; Muslim, 1466); La Perfecta Casada, de Fray Luis de León (1583) donde la obediencia al marido y las labores familiares deben ser cumplidas. En la Torá13 se define a la mujer como «ézer kenegdó», es decir, un soporte para el marido y cuyo principal deber es la maternidad. ¿No es asombroso que los Estados y los credos religiosos, cada uno provisto de su propio código, hayan generado los mismos significados sobre la posición de las mujeres en la sociedad?
El problema de Estados, incluidos los laicos, es la habitual equivocación de asimilar igualdad a semejanza. Definición que provoca reacciones en contra, por entender que la igualdad ?niega?? las diferencias ente mujeres y hombres. Nada más lejos de la realidad, la filosofía política define la igualdad como un derecho que fija reglas para seguir un comportamiento ético, tanto en la vida privada como pública. Sin embargo, la actitud común es interpretar la igualdad como un asunto de mujeres y, por tanto, sólo a ellas les concierne, cuando la igualdad es el núcleo de la democracia, porque está ligada al concepto de justicia, o el derecho a compartir tanto las oportunidades vitales, como materiales. Por estos motivos, el primer paso es conseguir la igualdad de trato ?disfrutar de los mismos derechos, sin excepciones- para después reconocer en la vida pública y privada, el derecho a la diversidad de identidades. Pero este avance aún está pendiente de un lúcido debate que tenga como eje la modernidad14 de las instituciones públicas.
4. Paradojas del pensamiento religioso
La paradoja es una contradicción en sí misma y una trampa en la comunicación de contenidos, de tal forma que el receptor no sabe cómo actuar para desactivarla. En materia religiosa, las mujeres son las principales creyentes y practicantes, en todos los credos, sin excepción, como se demuestra por los estudios realizados sobre las diferencias entre hombres y mujeres como participantes en los rituales religiosos. Los resultados son concluyentes, las mujeres son más devotas15. Además, como responsables de la socialización trasmiten a sus hijos e hijas las doctrinas de las que participan. Los ejemplos son numerosos, no sólo ahora, sino históricamente: durante el régimen soviético las mujeres mantuvieron viva la religión católica y la transmitieron a sus hijos. Lo mismo aconteció en las comunidades musulmanas del Cáucaso, las mujeres organizaban oraciones en círculo que atraían a una parte importante de la población. También han sido las principales víctimas en la defensa de la libertad religiosa, por ejemplo cuando se han producido ataques a las comunidades cristianas, ellas han sido el blanco preferente en las guerras religiosas. La nueva Constitución del régimen de Bashar el Asad, que se instauró en Siria, el acuerdo más unánime fue colocar a las mujeres ?bajo la autoridad religiosa??.
Si las instituciones religiosas excluyen a las mujeres de sus jerarquías, además de aplicar el mismo esquema en sus ceremonias y rituales, no resulta muy arriesgado afirmar que las mujeres son consideradas inferiores. Nada extraño si pensamos que sus fundadores, administradores y notables son y han sido hombres16. Todas las religiones refuerzan la complementariedad de roles17, y no iba a ser menos en la toma de decisiones. Siguiendo a Pierre Bourdieu18 sobre las jerarquías institucionales de la iglesia, define el campo religioso es un espacio ocupado por un cuerpo de personas especializados en la gestión de los bienes de salvación. La búsqueda de su reconocimiento social es absoluta. Sabemos muy bien que el poder no se comparte.
En muchos países las mujeres aún requieren el consentimiento de un varón para solicitar un pasaporte, o trasmitir su herencia o nacionalidad a sus hijos e hijas, porque siguen vigentes leyes discriminatorias. No son una excepción aquellos Estados que consienten el abandono escolar de las niñas por un embarazo, sin preguntarse qué relación existe entre el número de profesores varones en educación primaria y la violación de menores, como ocurre en Jordania. Sin olvidar que el derecho a la educación es fundamental, porque sólo a través de la educación se accede al conocimiento conocer los derechos humanos. Pero las niñas son consideradas esposas antes que escolares, como se refleja en la legislación de Afganistán, gracias a la cual ninguna boda con una menor es ilegal. Las autoridades lo consienten y la interpretación interesada del Corán lo avala.
Una ilustración sobre el poder de la interpretación, a través de sus intermediarios, pero con la fuerza suficiente que instituciones religiosas obtengan un buen provecho de su alianza con las instituciones políticas (Tamayo, 201619) Los matrimonios forzosos se dan en cualquier continente, país, en cualquier idioma, el hecho diferencial es la apelación a las creencias religiosas. Una niña a temprana edad con un esposo maduro, no es lo peor que pueda pasarle, donde dar a luz, sin ser físicamente madura, trae consigo las fístulas20 y sufrimientos psicológicos, como ocurre en Etiopía e India, entre otros países. Todavía recordamos en el año 2008 a Nuyood Ali, una niña del Yemen que con 10 años pidió ayuda a un tribunal urbano para divorciarse de un hombre de treinta y tantos años. Su valentía dio origen a un libro, cuyo título sobrecogió al mundo: Soy Nuyood, tengo 10 años y estoy divorciada21
5. ¿Debería existir la reciprocidad entre el Estado y la Religión?
En España fue la Constitución quien resolvió la naturaleza de su relación a través de la categoría ?aconfesional??; un quiero y no puedo, como dice Amelia Valcárcel, frente al reconocimiento del laicismo por parte de Francia en 1905.
La laicidad implica respetar la libertad religiosa. ?Llamamos laica a una sociedad que, tolerante con las religiones, no las usa como explicación ni fundamento de la convivencia?? (Victoria Camps y Amelia Valcárcel)22. Esto no sería posible sin una intervención del Estado para lograr la igualdad de todos los credos, para lo que hace falta un debate público, plural y racional y que pretende que todas las confesiones religiosas se perciban como legítimas. Laicidad y secularización no significan lo mismo. La secularización, término cuyo origen saeculum, fue utilizado por Agustín de Hipona, como una representación del mundo como algo temporal, pero también para describir la situación de un clérigo cuando ?desertaba?? de su condición sacerdotal. La secularización nos interesa porque significa la desaparición de los signos que aludan a valores o comportamientos propios de una confesión religiosa en la esfera pública.
Secularización y laicismo, precisan de un debate de altura por parte de las instituciones públicas y religiosas. De lograrse esta capacidad de diálogo, como tan acertadamente (Habermas, 2008) denominaría democracia deliberativa23, se producirían cambios en términos del respeto a los derechos ciudadanos. Para ello al Estado le corresponde ser el máximo garante de la libertad religiosa que, no olvidemos, equivale a la libertad ideológica. Esta descomunal tarea exige una postura de imparcialidad por parte los poderes públicos. Aunque existen tendencias que defienden los valores religiosos flexibles y éticos más que punitivos con los comportamientos, podrían dotar de sentido a una sociedad post-secular24 sería aquella donde los valores religiosos influyeran en la vida pública, en términos positivos. Sin embargo, aunque no debamos identificar laicismo con secularización (¿?). La pregunta es ¿si el constitucionalismo debe de hacer excepciones? O bien, guiarse por el imperio del derecho como eje de la organización política de las sociedad; sabiendo que los límites del derecho no pueden saltarse las reglas invocando la libertad religiosa. Pero es evidente que se trata de un conflicto de legitimidades, por un lado al inscribir la religión no sólo como un conjunto de creencias que pertenecen al ámbito privado de cada persona, sino como habilitación, por parte de las instituciones religiosas, para intervenir en los asuntos públicos.
La libertad religiosa se corresponde con el derecho a la libertad ideológica. Pero la libertad religiosa contiene en sí misma un conflicto de intereses, si un credo pretende mantener la influencia más importante sobre la política institucional: la tolerancia, la libertad de creencias como señal total de la autonomía y la confianza en las identidades colectivas. Pero cómo se realizaría tan descomunal tarea, para marcar espacios separados entre religiosidad e instituciones religiosas. Ahora bien, si las religiones pretenden extenderse revestidas de cultura de un país, como ocurre en España, siempre se apoya en la tradición. En ese momento se abre la caja de los respetos, sin preguntarse por qué todos los símbolos religiosos recaen sobre las mujeres, desde el mantenimiento del pudor hasta aquellos signos de pertenencia a un grupo que pasan por la forma de vestir, de comportarse o de pensar.
Por ejemplo, en España en el año 2012 la polémica sobre si las niñas debían llevar velo en los espacios educativos, eludiendo el tema del velo apelando al derecho a la educación, que nadie niega como fundamental. Como lo es el de la libertad y la igualdad de trato. Porque si las niñas han de portar símbolos en su ropa y los niños no, estamos ante un problema que no se elimina apelando a la educación. Para defender la opción de llevar pañuelo en la vida pública, dos ejes de análisis son los más utilizados, la religión y la propia decisión de la joven musulmana. En torno a la religión, distintos portavoces nos recuerdan los beneficios de la libertad religiosa, supuesto que nadie discute siempre que la religión se conciba como un asunto particular, es decir, como una creencia interna que dota de sentido la conciencia de cada cual, pero que no tiene porqué expresarse en las instituciones públicas u oficiales, salvo en aquellos lugares destinados a reproducir los rituales de cada credo religioso. De hecho cuando se menciona a las mujeres, es para recordarnos que son ellas quienes eligen llevar la prenda. De esta manera, se reduce a un tema de preferencias individuales. De hecho, son múltiples los reportajes donde las propias jóvenes se muestran como sujetos que ?deciden?? llevar una prenda como el velo.
¿Es tan difícil de entender que el velo no es una prenda de vestir, sino un significado sobre la madurez de la joven y las obligaciones que contrae? Cuando las chicas musulmanas tienen la menstruación, deben asumir como obligación ponerse el velo, de esta manera su movilidad será restringida, no podrán salir de discotecas como otras chicas de su edad, sino que habrán de mantener una férrea disciplina en cuanto a su cuerpo. En cambio, sus hermanos, o sus jóvenes colegas, no cargarán con la noble tarea de mantener su decencia a salvo. Esta diferencia permanece oculta porque la discriminación, en la medida que se convierte en cotidiana, es la más aceptada. No hay equivalencia ni de derechos y, menos aún de obligaciones: para los hombres de su mismo grupo, completamente liberados de todo tipo de velos, largos o cortos. De hecho reconocemos a un hombre musulmán porque va acompañado de una mujer velada, bien con hijab, shayla, chador o niqab. Sólo hay una salvedad, el rechazo social unánime al burka, cuya prohibición en Francia y Bélgica, no se ha producido por entender que es una prenda talibana y horrible de llevar para las mujeres, sino debido a un tema de seguridad en la vía pública donde no sólo se requiere ver, sino ser visto por todos los demás.
Aun así, defender los símbolos de un grupo de pertenencia, aunque estos impliquen restricciones de libertad, también ha sido interpretado no desde una desigualdad entre mujeres y hombres, sino que han colocado el acento en la colonización de Occidente, cuyo resultado es no comprender ni respetar las enseñanzas del Corán25 aludiendo de este modo a la libertad religiosa, como el mismo esquema que utiliza el multiculturalismo para cuestionar los derechos humanos. ¿Qué recompensas obtienen las mujeres que siguen el credo religioso, bien sea el católico, judío o musulmán? ¿Existe algún reconocimiento social por ser las únicas portadoras de los símbolos ?el velo- o bien sea porque son las más devotas y transmisoras de la doctrina religiosa? Aunque asuman comportamientos, para nada equivalentes a los creyentes masculinos, y a pesar de toda esta disciplina personal, ninguna de estas conductas les habilitará para compartir decisiones en los espacios públicos, políticos o sociales. Entonces, ¿cómo se sostienen estas constantes discriminaciones? Considerando que la religión y las prácticas religiosas transcienden las creencias, no sólo representan una verdad transcendental, requieren erigirse en una cultura. En otras palabras, aspirar a ser parte de la identidad de cada sociedad.
La mejor forma que tiene cultura para legitimarse, a pesar de contener severas desigualdades, es apelar a la defensa de la tradición y la costumbre, aun siendo contrarias a los derechos humanos. Todo vale bajo el paraguas del multiculturalismo. ¿Por qué el multiculturalismo? Porque es un excelente comodín al que todos los gobiernos recurren para justificar prácticas discriminatorias, desde la mutilación genital apelando a la costumbre, hasta la acusación a las mujeres mayores de brujas; por supuesto cuando éstas han dejado de ser útiles para su comunidad. El multiculturalismo es un término que gana adeptos en las filas académicas, y en el que los Estados se guarecen como si este modelo de análisis pudiera actuar a modo de salvoconducto para no realizar cambios legales que sirvan de garantía de derechos presentes o futuros26. Y con futuros, también me refiero a la adopción de derechos de nueva generación relativos a colectivos, como los homosexuales, lesbianas, o transexuales, cuyo reciente reconocimiento27 . Sabemos que cualquier religión es capaz de metabolizar las mayores de las desigualdades. Como nos advierte Celia Amorós sobre los peligros del multiculturalismo, como la gran coartada para avalar discriminaciones apelando a las diferencias culturales, y aun así, hay diferencias: preferimos aquellas culturas que han puesto en cuestión los roles estereotipados y subordinados de las mujeres que aquellas que nunca han producido un cuestionamiento de este orden28.
6. El reto de las instituciones religiosas: La reflexividad
La reflexividad29 no equivale a reflexionar, sino que es mucho más exigente: supone confrontar las creencias y convenciones en las que nos reconocemos como parte de nuestra socialización y, por las mismas razones, reproducimos. Sin embargo, las instituciones no son partidarias de ser ?pensadas?? desde dentro por quienes forman parte de ellas. Todo lo contrario, esto se interpreta como un acto de deslealtad y por esta razón se premia el halago y la incondicionalidad hacia las cúpulas de las instituciones. Siempre es difícil interpelar desde dentro, en los partidos políticos, en las instituciones públicas y, más aún, ante las jerarquías eclesiásticas. Pero ello no impide valorar que la reflexividad sea una posición crítica necesaria.
Además, si las políticas públicas han sido capaces de generar derechos, así como las instituciones han aceptado ser evaluadas para saber si cumplen los parámetros de calidad que se espera de ellas, las instituciones religiosas no han seguido ese camino. Si para las instituciones políticas, el concepto buen gobierno, no sólo representa introducir cambios en sus procedimientos, sino tener presente a la ciudadanía como partícipes de sus decisiones (frase incompleta).
¿Sería la teología de la liberación, o bien la teología feminista, el equivalente a las exigencias a las que se somete a la democracia, en asuntos de Estado, cuando se apela a la calidad democrática? Si en los gobiernos de los países avanzados, han de brindarse a una rendición de cuentas ante la ciudadanía en aras a demostrar su calidad democrática, la teología feminista actuaría como el mismo fin: ser una reflexión crítica sobre las instituciones religiosas al objeto de modernizarlas, o al menos, como baremo sobre su grado de modernización. Esto supone localizar (y cuestionar) aquellas prácticas que sean conservadoras. Una de ellas es su obstinación por mantener una jerarquía (y una teología) sólo masculina que se autoproclama con suficiente autoridad para intervenir en recomendaciones que equivalen a restarles derechos elementales a las mujeres como ciudadanas. Porque como ciudadanas las mujeres sí han conquistado grandes avances en aquellos temas de los que, curiosamente, más se han ocupado las doctrinas religiosas: los derechos sexuales y reproductivos, incluso en aquellos países donde los anticonceptivos pudieran suponer una urgente práctica profiláctica contra el sida, como sucede en África.
La teología feminista tiene como propósito emprender una lectura de la Biblia libre de prejuicios patriarcales30. Si hubiera que marcar un origen, este sería el movimiento sufragista para quien la Biblia fue una de sus referencias utilizadas, además del código civil, o para invocar a Dios como un ser liberador de los oprimidos y de esta manera obtener el derecho al voto. Era una forma de rescatar el sentido ético de la religión. Por ello Elizabeth Cady Stanton, junto con otras mujeres, publicaron en 1895 un texto denominado The Women´s Bible, donde rescataban la dimensión ético de la religión desde la perspectiva de la mujer31. En esta línea y muchos años después, Rosamary Radford Reuther32 analiza las consecuencias de una interesada interpretación de Jesús de Nazaret por parte de las estructuras religiosas para justificar la exclusiva masculinización de las jerarquías eclesiásticas, quedando lo femenino simbolizado en la figura de María como un símbolo de la maternidad. No es la figura de María de Nazaret del Magnificat, que destrona a los poderosos y empodera a los humildes, sino la ?esclava del Señor?? que acata la voluntad de un Dios varón y milagrosamente se convierte en la ?madre de Dios??
En España contamos con numerosas asociaciones y seminarios de teólogas feministas33, las cuales, además de hacer una relectura de la Biblia desde la perspectiva de género, pretenden extender la orientación ética religiosa también a la teología de la liberación, cuyos excelentes resultados en combatir la pobreza y las desigualdades no han roto, sin embargo esquemas respecto a la inclusión de las mujeres **. Las teologías feministas coinciden con la teología de la liberación en su empeño por luchar contra la pobreza y las desigualdades; pero también reclaman que la teología de la liberación incluya la perspectiva de género34. El movimiento ha alcanzado una dimensión internacional. Por ejemplo, el Movimiento Reformista hebreo cuenta con mujeres ordenadas Rabinas denominadas Rabaniots. Dentro de la corriente Ortodoxa, más que impugnar la discriminación se solicita compartir ritos, como poder participar en el Muro de las Lamentaciones de Israel.
La teología de la liberación, como la teología feminista quieren promover una modernización de la cultura religiosa, pero sus aportaciones desde hace más de tres décadas no se les ha prestado atención, aun tratándose de especialistas en teología. En nuestro país la Conferencia Episcopal no ha dado señales de aproximarse siquiera a estimular un debate sobre la exclusión de las mujeres y el Vaticano censura la independencia moral y la autonomía, a pesar de condenar la violencia en casos de guerra, no sucede lo mismo con la violencia que sufren las mujeres en la mayoría de los países del mundo, como en México35 por añadir un solo ejemplo del que todos conocemos que el grado de violencia puede definirse como un feminicidio. El dilema no está basado en las creencias, sino en la democratización de las instituciones con una evidente influencia en las prácticas sociales. O bien, tendremos que aceptar lo que manifestó la premio Nobel de la Paz, Shirin Ebadi, quien exige una separación entre religión y poder, para añadir que la religión es incompatible con la autonomía de las mujeres. De la reflexión depende qué posición se adopte en un futuro.