En la actualidad, cualquier religión puede ejercer el derecho a la libre expresión de su fe, pública o privadamente. Lo ampara la vigente Ley de Libertad Religiosa de 1980. En ella, en 4 de sus 8 artículos, se habla de ?Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas??. A esa libertad también alude el artículo 18 de los Derechos humanos.
(?Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia??).. Pero, estimamos que esta Ley resulta insuficiente. Porque ignora, es decir, no contempla para nada, otros colectivos que no son religiosos, como los ateos, agnósticos, indiferentes, o de otras convicciones filosóficas, que también tienen derecho a la libre expresión de pensamiento y de sus creencias, privada y públicamente.
Esto se menciona igualmente en el citado art. 18 de Derechos Humanos. Lo que reclamamos, porque no está legislado, es el derecho a la libertad de pensamiento y de conciencia.
La jerarquía de la Iglesia católica ha contado con la complicidad de los poderes políticos que apoyan y utilizan el término ?libertad religiosa?? como una trampa para impedir que pueda avanzar una cultura racional en donde la persona sea la única titular de la libertad de conciencia en base a sus propias creencias y convicciones. Porque las entidades colectivas, (lo que podríamos llamar ?el pueblo cristiano??) carecen de conciencia propia y no son, por lo tanto, sujetos de derecho en materia de libertad de conciencia; sí lo es la persona como individuo, pertenezca o no a un colectivo religioso, político o filosófico.
Por todas estas razones, la actual Ley de Libertad Religiosa de 1980 y los Acuerdos con la Santa Sede de 1979 ?que son propios de la ideología del concordato franquista de 1953? no responden a la realidad social, política y constitucional de un estado democrático y, por lo tanto, es necesaria su derogación. No queremos otra Ley de Libertad religiosa, que es lo que pretende este Gobierno. Con esta ya tenemos bastante.
No es necesaria otra ley que sea ?café para todos??, es decir, igualdad para todas las religiones en el Estado español. Con esa ley se ?taparía?? la posible desaparición de los Acuerdos de 1979 entre la Santa sede y el Estado español, que sigue otorgando muchos privilegios a la Iglesia católica. Es la trampa de este Gobierno con la que pretende desviar la atención de la ciudadanía de la necesidad de una ley distinta. Una legislación que reconozca los derechos de la libertad de pensamiento y de conciencia. Todavía no se ha terminado el período de Transición religiosa en España.
Por tanto, creemos que es imprescindible y urgente que se establezca una ley orgánica de libertad de pensamiento y de conciencia en donde se clarifique el concepto de Estado laico (que no es lo mismo que antirreligioso), los derechos y deberes individuales y colectivos, y lo propio de las administraciones públicas.
La comisión de Laicidad de IBM cree conveniente urgir la mentalidad y la sensibilidad de las comunidades y grupos cristianos de base, sobre este aspecto para avanzar en el proceso de laicidad de la IBM. Siempre, un grupo pequeño, como este nuestro, puede ?tirar?? de un colectivo mayor en la línea propuesta por la II Asamblea de IBM.
Mayo de 2011