Entre los jueves que relucían más que el sol teníamos la festividad del Corpus Christi trasladada hoy en muchos lugares al domingo siguiente con extrañeza para unos y equívoca interpretación para otros. Un amigo con responsabilidades dentro del clero me dice que la laicidad que nos están metiendo hace que esta fiesta no se celebre en su día.
Una amiga desde Madrid me dice que los socialistas tienen la culpa de que esta fiesta no se celebre en jueves. Y como son muchos los que piensan de esta manera me parece oportuno aclarar algunas cosas al objeto de no añadir más leña al fuego
Cuando en 1978 quedó firmada la Constitución, asentada la democracia, siendo Adolfo Suárez Presidente del Gobierno, se firmaron los acuerdos entre El Reino de España y la Santa Seda, sobre el Concordato firmado por Franco el año 1953. De esos acuerdos sale también una Comisión Mixta entre el Gobierno Español y la Conferencia Episcopal Española para tratar los asuntos que competen a ambas instituciones.
El Gobierno Español, como es obvio, fija el número de días festivos que deben entrar dentro del calendario laboral, pienso que consultados también sindicatos y patronal, (que estas dos instituciones estaban deseando de verse libres de aquellas fiestas laborables y recuperables) Así quedó que los días festivos, a excepción de domingos, serían catorce, Seis festividades religiosas; cuatro fiestas nacionales: dos para cada autonomía y dos para cada municipio según sus normas y tradiciones. Las fiestas religiosas son las siguientes: 6 de enero, Epifanía del Señor.
En primavera, fiesta movible, Viernes Santo. Pasión y muerte de Nuestro Señor Jesucristo. Asunción de la Virgen, 15 de agosto. Festividad de todos los Santos, 1 de noviembre. Inmaculada Concepción, 8 de diciembre y 25 de diciembre Nacimiento de Jesucristo. Queda la festividad de San José que ignoro la razón por la que la Conferencia Episcopal no la ha trasladado al domingo siguiente como ha hecho con la colecta pro seminario, y la mantiene inamovible creando una confusión cuando no desprecio entre los fieles.
Las estatales son: 1 de enero (también es de la Iglesia) 1 de mayo, festividad del trabajo. 12 de octubre Hispanidad y 6 de diciembre, día de la Constitución. Las cuatro restantes, como hemos dicho, son de libre elección autonómica o local. Así en Sevilla, Granada, Toledo y alguna ciudad más, celebran el Corpus en jueves como fiesta local.
Comprendo que este artículo resulte un poco o mucho farragoso, pero conviene que todos sepamos cómo están pensadas y organizadas nuestras fiestas y la responsabilidad que el Gobierno tiene para no dejar esto al libre albedrío de devociones particulares o entusiasmos políticos.
Hubo una época en que teníamos muchas fiestas, algunas civiles, la mayor parte religiosas. Se introdujo una fórmula mágica para buscar la cobertura legal: abonables y recuperables. La verdad era que se abonaba el salario del día de descanso pero había que recuperarlo trabajando una hora más durante ocho días. Y esta hora no podía tener el carácter de hora extraordinaria, sino normal.
Para quien tuviera un trabajo cómodo como puede ser una oficina era soportable, para quienes tenían trabajos duros, sobre todo de esfuerzo muscular como pueden ser trabajos de construcción, pesca, minería, etc resultaba muy doloroso.
Por otra parte tampoco agradaba a los empresarios, pues el rendimiento no podía ser el mismo que en una jornada normal, Pero todas estas cosas unos las ignoran y otros las han olvidado. Moraleja: nos debemos acostumbrar a una sana convivencia sin hacer de los cambios objeto de pelea. La convivencia intercultural e interreligiosa obligará a ciertos cambios en su día, y debemos estar preparados.
Odiel Información 8 de julio de 2010