Sobre el matrimonio homosexual -- Gabriel Mª Otalora

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Enviado a la página web de Redes Cristianas

Han corrido ríos de tinta sobre este tema, que la final se ha zanjado legalmente con la equiparación de derechos -y hasta el nombre mismo de matrimonio- entre el matrimonio heterosexual y las uniones legales de parejas entre personas del mismo sexo. Los defensores y detractores tienen muy claro cuál es la línea roja que, en ambos casos, no se debe traspasar. Ahora, tras el fallo del Tribunal Constitucional, se ha quedado todo en un asunto legal y de conciencia.

Por mi parte, a todo lo dicho y escrito con profusión, dos comentarios, uno material y otro formal, además de una queja. En primer lugar, quiero destacar un aspecto que para mí es capital desde el punto de vista de la conciencia cristiana, que a mi juicio no ha tenido el necesario predicamento social cuando se defendía o atacaba la posibilidad de legalizar esta nueva figura jurídica. Me refiero al amor entre las parejas del mismo sexo. No es lo mismo una unión entre dos homosexuales que una unión desde el amor sincero. De hecho, tal es la importancia que los cristianos le atribuimos al amor que nuestra religión de seguidores de Cristo se basa solo en esto, en el amor auténtico, desde el ejemplo de Jesús de Nazaret. Y contraer matrimonio convencional entre un hombre y una mujer con ausencia de un amor verdadero que pretenda un compromiso de comunidad de vida, es nulo porque va contra el fin del propio matrimonio cristiano.

La procreación sería la consecuencia natural de dicho amor, pero la finalidad del matrimonio católico es la comunidad de vida. De lo contrario, una pareja que no pudiese tener hijos sería menos matrimonio; se convertiría en un matrimonio de segunda división. Por tanto, el amor sincero entre dos hombres o dos mujeres, es un elemento fundamental para aceptar y acoger dichas uniones. Al menos, yo no me siento legitimado moralmente para no hacerlo. Sobre todo porque muchos argumentos en esta dirección han venido precedidos de una falta absoluta de caridad cristiana. Por ejemplo cuando se argumenta que la admisión de los matrimonios entre personas del mismo sexo, es como admitirla entre una persona y un animal. Esto es insultante ¿Acaso es comparable los animales con los homosexuales?

En cuanto al comentario formal, estoy en desacuerdo con el nombre de ?matrimonio?? para este tipo de uniones, a no ser que se cambie la definición de matrimonio del diccionario: la unión entre un hombre y una mujer, entre diferentes. Si se ha optado por equiparar a la unión contractual de estas parejas hasta en el nombre, cambiemos el palabro en la RAE. En Francia, por ejemplo, estas uniones se llaman de otra manera, sin que haya habido merma de derechos. No me parece una discriminación llamar de diferente forma a realidades formalmente diferentes: parejas de hecho, uniones civiles, entre otras denominaciones, según la realidad sociológica de cada sociedad.

Por último, la queja que quiero manifestar es que han tardado ¡siete años! en dictar sentencia en un tema tan peliagudo, manteniendo en vilo a miles de personas. Y todavía nos amenazan con recortes en el personal judicial. Esto también es motivo que escandaliza; y mucho.