SÍNODO Y SINODALIDAD

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La sinodalidad es una actitud y una práctica que existe en la Iglesia ya desde el principio, pero no siempre se ha vivido del mismo modo. También podemos observar que a través de su historia se fue institucionalizando. Parece que el Papa quiere que la Iglesia católica haga una revisión sobre cómo hoy se vive en ella la sinodalidad, lo cual creo que comporta un cierto reconocimiento de que se puede mejorar.

Veremos que en este tiempo habrá quien diga que hay que recuperar la sinodalidad que se vivía en la Iglesia en sus primeros tiempos, entendiendo que en el origen está el verdadero espíritu cristiano y su institucionalización más auténtica. Los habrá que la encuentren definida o dogmatizada en alguno de los concilios u otros textos eclesiásticos, ya sean de los Padres de la Iglesia o de algún importante teólogo.

Un reciente documento de la COMISI?N TEOL?GICA INTERNACIONAL, LA SINODALIDAD EN LA VIDA Y EN LA MISI?N DE LA IGLESIA, 2 de marzo de 2018, nos dice cómo hay que entender la sinodalidad en la Iglesia católica, delimita la que es compatible con la normativa actual de la Iglesia. Para resaltar su valor se dice que el texto fue presentado para su aprobación a su Presidente, S.E. Luis F. Ladaria S.J., Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la fe, quien autorizó la publicación después de recibir el parecer favorable del Santo Padre.

En este documento se señala claramente que el modo de entender la sinodalidad está condicionado por la manera en la que hay que entender la autoridad en la Iglesia, que se determina en el Código de Derecho Canónico. Las conclusiones a las que llegue el Sínodo tienen un determinado valor: son opiniones que pueden ayudar a los Pastores, a la autoridad competente en cada caso, Papa u obispos, para que puedan decidir lo mejor para la Iglesia.

Yo más bien creo que lo que hay que hacer en esta reflexión sinodal sería dialogar para entre todos determinar cómo habría de ser entendida y ejercida hoy la sinodalidad, teniendo en cuenta, primero, lo que es esencial que hay que conservar, y luego, los nuevos paradigmas modernos, tanto sociales como religiosos, que configuran la mente de los católicos para poder llegar a unas conclusiones que puedan ser válidas para que los creyentes en este mundo de hoy vivan sinodalmente, participando de modo efectivo en la vida de la Iglesia. Esta reflexión tendría que condicionar el modo de entender en la Iglesia la autoridad, y no al revés.

La sinodalidad, entendida desde la sencillez etimológica y evangélica está radicalmente en contradicción con el modo de ver y ejercer la autoridad en la Iglesia. Su concepción jerárquica vertical inamovible, junto con su autoritarismo y el dogmatismo más absoluto hace imposible un auténtico caminar sinodal en ella. Por eso, al mismo tiempo que se reflexiona sobre la sinodalidad, sería necesario debatir el tema de la autoridad, sopesando las mutuas implicaciones. Es decir, si la autoridad de los obispos y del Papa sigue siendo comprendida y ejercida del mismo modo que hoy, en lo que respecta a la sinodalidad seguiremos exactamente igual antes que después de la celebración del Sínodo sobre la sinodalidad. Seguirá siendo una sinodalidad limitada y, además, ?otorgada??, que llegará hasta donde estime oportuno la ?autoridad legítima??. En el caso de un Sínodo universal, en última instancia, será el Papa quien determine la repercusión efectiva que tendrán las opiniones sinodales, Y si el sínodo es diocesano, el obispo. No sé si esto parecerá razonable.

Podemos leer en el citado documento, LA SINODALIDAD EN LA VIDA Y EN LA MISI?N DE LA IGLESIA, que una Iglesia sinodal es una Iglesia participativa y corresponsable. Luego habla de cómo se ha de articular la participación y la corresponsabilidad. Ha de ser, según la vocación de cada uno, pero en cualquier caso hay que tener en cuenta que hay una autoridad conferida por Cristo al Colegio de los Obispos presididos por el Papa. La autoridad de los Pastores no es una función delegada y representativa del pueblo.

Estamos en el centro de la cuestión. No se trata de reflexionar juntos para llegar a unas conclusiones y a unas decisiones pastorales a las que todos nos hemos de someter. En el diálogo puede haber posturas diferentes y ver la necesidad de tomar decisiones distintas a las estimadas por ?los Pastores??. Así sucedió en el sínodo sobre la Amazonía y ya conocemos el resultado: se desoyeron algunas opiniones que eran mayoritarias. Para entender esto son muy elocuentes unas aclaraciones que hace el documento antes citado. Debemos tenerlas muy en cuenta para no esperar grandes cambios como fruto de tan ingentes esfuerzos que se harán en toda la Iglesia para llevar a cabo el próximo Sínodo sobre la sinodalidad.

Primera aclaración: Nadie olvide cual es el significado y valor de las consultas cuando se hacen a todos en la Iglesia. Cuando hay votaciones, el voto no es deliberativo, solo consultivo y ello no ha de ser entendido con mentalidad del derecho civil, sino que ?la consulta expresada en las asambleas sinodales es cualificada de manera diversa?? En la Iglesia sinodal toda la comunidad, en la libre y rica diversidad de sus miembros, es convocada para orar, escuchar, analizar, dialogar, discernir y aconsejar para que se tomen las decisiones pastorales más conformes con la voluntad de Dios??. Para llegar a formular las propias decisiones, los Pastores deben escuchar con atención los deseos (vota) de los fieles. Es verdad que el derecho canónico obliga a los Pastores, en casos específicos, a solicitar y obtener la diversidad de pareceres según formalidades jurídicamente determinadas.

Queda bien claro para qué somos convocados: para orar??etc. y aconsejar. Cuando se produzcan votaciones, sepamos que los votos son simple expresión de nuestro deseo o un consejo que nos piden y damos, una opinión que puede ayudar a quien tiene el poder de tomar decisiones. Puede haber una opinión mayoritaria, incluso apoyada por toda la asamblea convocada, pero ello no conlleva ningún valor decisorio. La autoridad eclesiástica competente es la que tomará la decisión que ella crea más conveniente para la Iglesia. Los Pastores deben solicitar y obtener los diversos pareceres. Luego harán lo que crean conveniente hacer. Cuentan naturalmente con la importante ayuda ?del Espíritu Santo??, que les hará ver cuál es la voluntad de Dios al respecto de cualquiera de los temas que haya sobre su mesa.  Lo raro es la discordancia que a veces se produce entre el Espíritu Santo que asiste a la mayoría y el que ayuda a la autoridad. No parece de recibo mezclar el mundo de lo arcano con la mundana realidad donde inciden los hechos pastorales y administrativos donde las autoridades eclesiásticas tienen que decidir, lo que unas veces hacen con acierto y otras no.

La segunda precisión que hace el Documento de la Comisión Teológica Internacional se refiere a la función de gobierno propia de los Pastores. Desde la base, las comunidades están jerárquicamente estructuradas y los criterios antes señalados afectan también a los consejos pastorales, económicos, parroquiales, interparroquiales o diocesanos. ?En una Diócesis es necesario distinguir entre el proceso para elaborar una decisión mediante un trabajo común de discernimiento, consulta y cooperación, y la decisión pastoral que compete a la autoridad del Obispo, garante de la apostolicidad y catolicidad??.

En resumen, las cosas están claras. No se pueden pedir peras al olmo. El tiempo que dediquemos al sínodo servirá para el mejor discernimiento de los Pastores de la Iglesia, para que ellos puedan decidir mejor lo que crean conveniente para que ella realice su misión evangelizadora.

14-11-2021. José María Álvarez.

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