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ORGANIZACIONES SOCIALES DENUNCIAN LA SITUACIÓN DE DESPROTECCIÓN DE LOS MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

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El pasado 20 de abril tuvo lugar un encuentro de organizaciones de derechos humanos, educadores, trabajadores sociales y demás personas vinculadas al trabajo educativo y social con menores extranjeros no acompañados: unos dedicados a la gestión de pisos de acogida para menores de edad tutelado por la Comunidad de Madrid, otros en los diversos talleres formativos, algunos ejerciendo de educadores de calle en los barrios, entre otros.

Los asistentes al encuentro coincidieron en definir la situación de los menores extranjeros no acompañados como preocupante, dada la vulneración sistemática de los protocolos de actuación definidos en la Ley de Extranjería. No obstante, acordaron redactar un Manifiesto de denuncia por la desprotección de los menores extranjeros no acompañados en la Comunidad de Madrid.

Entidades, técnicos y particulares sensibilizados por la situación de estos niños, os rogamos especialmente vuestra implicación y colaboración en la firma y difusión de este Manifiesto, con objeto de poder transmitir en una rueda de prensa a las administraciones u organismos responsables, una postura firme y conjunta de todos respecto a este problema, aportando el mayor número de adhesiones posibles.

Os adjuntamos el Manifiesto y el documento de adhesión con el fin de que podáis apoyarlo y hacer la mayor difusión de los mismos. Se os ruega, por favor, que nos enviéis el documento antes del próximo viernes, 19 de mayo al fax: 91 369 50 28 o a la dirección de e-mail, comunicación@plataformadeinfancia.org

Agradeciendo vuestra colaboración, esperamos vuestra pronta adhesión a este texto en pro de la construcción de un Madrid más tolerante, cosmopolita y abierto a las diferencias.

Un fuerte abrazo.

-Coordinadora de Barrios
-Mesa de Entidades de Acogida y Formación de Menores Extranjeros no Acompañados de la Comunidad de Madrid
-Plataforma de Organizaciones de Infancia


MANIFIESTO MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS

Las entidades, ciudadanas/os abajo firmantes: educadores/as, trabajadores/as sociales y profesionales que de alguna manera están vinculadas con el trabajo educativo y social con personas extranjeras, y especialmente con los niños, manifiestan a los medios de comunicación y a la sociedad en general las graves violaciones a los derechos humanos y su rechazo por la angustiosa situación de los menores extranjeros no acompañados que viven en Madrid bajo la protección del Estado.

Abuso a los derechos humanos de los menores extranjeros no acompañados

1- No Regularización
Desde el 1 de julio de 2005 no se ha resuelto el proceso de regularización de ningún menor extranjero no acompañado vulnerando de esta forma la Legislación de Extranjería, que prevé otorgar el permiso de residencia a este colectivo una vez transcurridos nueve meses desde el inicio de la tutela (art. 92, Reglamento de Extranjería).

2- Reagrupaciones sin garantías
Desde mediados de 2005 se están expulsando a niños y a jóvenes bajo la apariencia del “reagrupamiento familiar”, sin respetar las garantías previstas en la legislación internacional y estatal. En estos procedimientos:
no se ha tomado en consideración la opinión del menor, vulnerando su derecho a ser oído;
no se le ha notificado previamente la resolución de reagrupación, vulnerando su derecho a recurso;
no se ha garantizado el análisis individualizado de cada caso, al no haberse escuchado las recomendaciones y valoraciones de los equipos educativos e instituciones encargadas de su guarda, que pueden aportar datos relevantes y actualizados sobre su situación familiar y personal, su evolución y sus expectativas de desarrollo;
no se les reconoce el derecho a la asistencia letrada independiente en el proceso de reagrupación;
no se cuenta con informes emitidos por las autoridades de los países de origen sobre la situación familiar;
no se ha garantizado el retorno a su entorno familiar o al sistema de protección de sus países de origen y, en algunos casos, tras sacarlos de los pisos por la noche y montarlos en un avión, se les ha dejado en ciudades alejadas de su lugar de origen, a veces en comisarías de policía, poniendo en riesgo incluso, su propia vida, ya que han sido objeto en ocasiones de maltratos.

3- Bajas de tutela por pruebas de determinación de la edad
Desde principios de junio de 2005 se realizan las pruebas para la determinación de la edad (de dudosa fiabilidad) a todos los menores detectados, sin tener en cuenta si vienen con la documentación que acredite su identidad y su minoría de edad. En algunos casos, mayoritariamente con menores de origen subsahariano, si los resultados de las pruebas óseas determinan su mayoría de edad, contradiciendo los datos de la documentación que aportan, se produce su expulsión del sistema de protección, y en algunos casos, la retención de sus pasaportes por parte de las autoridades competentes. Estos menores quedan en la calle, en ocasiones en peor situación incluso que los adultos, no pudiendo acudir a ningún otro recurso de acogida por ser menores de edad.

Consecuencias sociales
Los hechos relatados vulneran los derechos humanos de los menores extranjeros no acompañados recogidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y otras normas internacionales que obligan al Estado español e implican una situación de estrés, angustia y frustración que afecta el normal funcionamiento de su vida y de su integración social.
Por otra parte, el conocimiento de la práctica de estos abusos lleva a muchos niños y jóvenes al abandono de los recursos residenciales por miedo a ser expulsados. Este fenómeno está produciendo un aumentando considerable del número de niños y jóvenes en la calle y la ruptura de los procesos formativos y de integración sociolaboral en ocasiones muy consolidados.
Las medidas adoptadas terminan generando más problemas que soluciones; prueba de ello es la constatación del regreso de numerosos menores en pateras y bajos de camiones, poniendo en peligro su vida en reiteradas ocasiones, perdiendo la confianza en el sistema de protección, generando situaciones de exclusión social y marginalidad y favoreciendo la aparición de procesos de desestructuración personal de los niños y jóvenes y su estigmatización social.
Los profesionales implicados en la tarea educativa y las organizaciones de derechos humanos mostramos una enorme preocupación por la situación descrita. Nos encontramos ante una política que prioriza el control migratorio de los niños y jóvenes extranjeros sobre su condición de menor, sujeto de protección según los tratados internacionales de obligado cumplimiento ratificados por España.

Por todo lo antes expuesto,

exigimos a la Delegación de Gobierno y a la Comunidad de Madrid que:
Se otorgue a los menores en protección la autorización de residencia a los nueve meses desde la resolución de la tutela, como plazo límite marcado por la ley, y se les facilite en todo momento el acceso a su pasaporte.
Que a los menores tutelados que alcancen la mayoría de edad sin haber obtenido la autorización de residencia y que hayan participado en las acciones formativas y actividades programadas por la entidad de guarda para favorecer su integración social, la Comunidad de Madrid recomiende la concesión de una autorización temporal de residencia por circunstancias excepcionales, de acuerdo a lo que marca la Ley (art. 92.5, Reglamento de Extranjería).
Se garantice a los menores extranjeros no acompañados la libre designación de abogado en todos los procedimientos judiciales y administrativos.
En ningún caso se anteponga el control de los flujos migratorios al derecho fundamental de los menores a la vida, al pleno desarrollo y a los derechos de protección y que para ello se cumplan escrupulosamente todos los requisitos exigidos por la Ley para el reagrupamiento familiar, siguiendo el principio del interés superior del menor.
Mientras no se den estas garantías, se paralicen de forma inmediata todas las expulsiones de menores y que las ya ejecutadas desde el 1 de julio de 2005 sean revisadas por el Defensor del Pueblo u otra institución independiente para comprobar que efectivamente se han respetado todas garantías del Estado de Derecho. Del mismo modo, en aquellos casos donde se demuestre que se han producido expulsiones ilegales, quede sin efecto la expulsión y, cuando el interés superior del menor lo aconseje, se facilite de nuevo su retorno a España, reconociendo los derechos que tenían en nuestro país.
A los menores de edad que estén cumpliendo una medida de privación de la libertad se les aplique el mismo status que a los ciudadanos presos adultos, ofreciéndoles, dependiendo del tipo de medida impuesta, la posibilidad de cumplirla en España o retornar a su país de origen.
Dejen de realizarse las pruebas para la determinación de la edad en aquellos casos donde el menor presente una documentación de validez internacional (pasaporte) que ya la acredite.

Madrid, 19 de mayo de 2006

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