No sólo los políticos, catalanes o no, desobedecen sentencias judiciales -- Jesús Mª Urío Ruiz de Vergara

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Enviado a la página web de Redes Cristianas

Los obispos, también. Durante años, son los prelados catalanes los que se niegan a ejecutar la sentencia, civil y canónica, pues hasta la Signatura Apostólica, (Tribunal Supremo de la Iglesia, en Roma), se ha pronunciado, para que las diócesis catalanes devuelvan a las aragonesas bienes artísticos usurpados por aquellas, y que se exhiben en el «¿Museo Nacional de Catalunya»? Ahora se ha sumado, o mejor, se ha reafirmado reiteradamente, en esta innoble cofradía, el obispo de Almería, D. Adolfo González Montes, por el caso de la profesora de Religión, Dª Resurrección Galera, despedida en el curso 2001-2002 tras contraer matrimonio civil con un divorciado, la que reiteradamente ha visto cómo las sentencias que la beneficiaban han sido, miserable y despectivamente, despreciadas e incumplidas. Y en este tema el obispo almeriense es reiterativo. Yo pregunto: ¿sería así de intolerante Jesús de Nazaret? Y hago otra pregunta: ¿de dónde sacan nuestros obispos esos criterios, que nos venden como importantes, ¡a veces los denominan como esenciales!, para el bien de toda la Iglesia, y la defensa de sus derechos- (de la Iglesia)-?

Yo no veo el más mínimo resquicio, en el Nuevo Testamento, (NT), para defender esos pretendidos derechos de la Santa Madre Iglesia. He conocido profesoras de Religión separadas, o divorciadas, que han sido magníficas transmisoras del mensaje evangélico. Y conozco otras, bien casadas, que son un desastre, no comunican casi nada, y se empecinan en un moralismo paralizante, asustador, y hacedor de gente acomplejada y escrupulosa.

Puede llamar la atención que gente de Iglesia, como yo, párroco de una parroquia en Vallecas, -clérigos, los llaman-, estemos de acuerdo con una revisión, y hasta una suspensión, de los tratados del Vaticano con el Reino de España. Y el asunto del obispo de Almería con la profesora de Religión Resurrección Galera, nos llena de razones, hasta hartarnos. No es de recibo, ni civil, ni político, ni cristiano, ni evangélico, ni mucho menos laboral, que alguien se considere empleador, o sea considerado como tal por otros, o por las instituciones, si no paga a sus empleados, si los puede admitir y elegir a dedo, y a despedirlos por motivos no contemplados, ni en sueños, o por las fantasía más calenturienta, en las leyes laborales. Y uno de esos motivos no especificados fueron los que movieron al obispo González Montes a dejar en la calle a esa profesora, madre de familia. Tendríamos que trasladarnos, y retrotraernos a épocas pretéritas e inquisitoriales para que los criterios morales personales fueran motivo de aceptación o recusación en el mundo laboral. El hecho de que una persona divorciada se haya casado en segundas nupcias, civiles, claro, que no pueden ser eclesiásticas, es uno de esos motivos espurios que no deben, ni pueden, tener validez para la habilitación laboral.

Y queda la segunda parte de esta trama, que es, también, la más espinosa y compleja. ¿Qué suele pasar a un simple ciudadano si éste se niega a cumplir una sentencia que reiteradamente le comunica un juez? No podemos volver a una situación de feudalismo clerical episcopal, ni lo superiores eclesiásticos deberían permitirlo, ni las autoridades judiciales, tampoco. Esa condición de intocables que tuvieron los clérigos, y más si eran de la alta jerarquía, en la época franquista solo puede perjudicar a la Iglesia, y a la comunidad eclesial, que está llamada a dar, en la sociedad, una imagen clara y transparente de equidad, de justicia, y de igualdad. Y desearíamos que nuestros jueces tuvieran menos temor reverencial a los monseñores, y más sentido de la solidaridad, la justicia y la equidad con una mujer trabajadora, separada injusta e inmisericordemente de su trabajo. ¿O vamos a dar la impresión al mundo de ser personas sin piedad ni compasión?