LOS PROFESORES DE RELIGI?N DE CENTROS P?BLICOS SERÁN DESDE HOY INDEFINIDOS. J. F.

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La Razón

Los profesores de Religión de centros públicos que con contrato en la actualidad serán indefinidos desde hoy, salvo que sean sustitutos de los titulares o concurran en ellos las causas de extinción del contrato, según el Real Decreto que regula su relación laboral, publicado por el BOE, informa Efe.

La disposición adicional única establece que los profesores no pertenecientes a los cuerpos docentes que, a la entrada en vigor del Real Decreto, estuviesen contratados pasarán «automáticamente» a tener una relación laboral por tiempo «indefinido» en los términos previstos por esta norma.

El contrato se extinguirá, según especifica el artículo 7, por «revocación ajustada a derecho» de la acreditación o de la idoneidad para impartir clases de Religión por parte de la confesión que la otorgó. También, cuando la administración competente adopte resolución de conclusión, previa incoación del expediente disciplinario. En el caso de extranjeros, por la extinción o no renovación de la autorización de residencia o de residencia y trabajo.

Como norma general, la contratación laboral de estos enseñantes se regirá por el Estatuto de los Trabajadores, la LOE, este Real Decreto y normas de desarrollo y los acuerdos del Estado con la Iglesia Católica y otras confesiones. Para ejercer la enseñanza de Religión, los profesores necesitan la titulación exigible y, previamente, «haber sido propuestos por la autoridad de la confesión religiosa para impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente» por parte de ésta.