Los inmigrantes afectados por las hipotecas en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos -- Plataforma de Afectados por la Hipoteca

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Enviado a la página web de Redes Cristianas

(Nota de prensa de Plataforma de Afectados por la Hipoteca-Madrid,7-6-2018)
? Una delegación de afectados por las hipotecas presentó en Estrasburgo una demanda por vulneración de derechos humanos, tras haber agotado todos los recursos judiciales en el ámbito interno español y la mediación del Papa Francisco
Este grupo, junto a la PAH, AEFCHI, FRAVM y otros colectivos pusieron la demanda en 2010.

Los afectad@s por la presunta estafa de la Central Hipotecaria del Inmigrante (CHI), no tiran la toalla. Tras el cierre de su caso en los tribunales españoles y ser recibidos en el Vaticano en octubre 2017, el 15 de marzo 2018 presentaron una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), al entender que han sido vulnerados sus derechos fundamentales. La delegación estaba encabezada por la portavoz, Aída Quinatoa, y uno de sus abogados, Gonzalo Carrasco, que se desplazaron a Estrasburgo desde Madrid.

El pasado 21 de septiembre, el Tribunal Constitucional firmó un fallo de inadmisión de un recurso de amparo presentado por CHI, agotando de esta forma ?todos los recursos razonablemente útiles y exigibles en la vía interna??, en palabras de los abogados de los damnificados. La resolución se producía después de un largo e improductivo proceso judicial, en el que el Juzgado de Instrucción n.º 28 de Madrid decidió archivar el procedimiento en un ?auto escasamente motivado y que no resolvía la práctica de las pruebas propuestas durante años por la defensa??. A pesar de que este juzgado no atendió peticiones elementales de los afectados por la presunta estafa financiera, dando lugar a una ?grave situación de indefensión??, ?impunidad y desamparo??, la Audiencia Provincial de Madrid también confirmó su archivo.

Los abogados de los afectados se preguntan cómo es posible que se haya producido el archivo de la causa penal contra la CHI, cuando incluso existen grabaciones de televisión en las que se puede ver claramente la manera irregular de actuar de su responsable, Enrique Caño, quien admite en una declaración de enero del 2012, que fue prescriptor de varias entidades financieras. Se preguntan, además cómo la juez instructora obvió la aportación de pruebas contundentes ?como se paraliza una ejecución por prejudicialidad criminal en el Juzgado nº 5 en el año 2014, letras de cambio firmadas en blanco por parte de los perjudicados, denunciantes que creían estar avalando una compra cuando en realidad eran obligados del crédito o diversos casos en los que la trama mostraba a los potenciales compradores viviendas de una gama superior y que una vez habían conseguido que avalasen a una persona desconocida se les indicaba que esa vivienda ya estaba vendida, mostrando en ese caso viviendas de una calidad muy inferior??.

Por todos estos hechos, los abogados y los damnificados presentaron una demanda en Estrasburgo, ya que consideran que han sufrido la vulneración de dos derechos fundamentales: ?el derecho a la tutela judicial efectiva y prohibición de indefensión?? y, en segundo lugar, el ?derecho a utilizar medios de prueba??, ?a un proceso con todas las garantías??.

Están convencidos, y así se lo trasladaron al TEDH, de que el archivo de la causa no está suficientemente fundamentado, ya que ?ni se han agotado las vías de investigación, ni se han acordado las diferentes diligencias de prueba solicitadas, ni lo escasamente actuado aconseja el archivo de la causa, siendo de especial relevancia la protección de los consumidores en la vía penal??.

En este punto, hay que subrayar que la defensa de los consumidores, como son los damnificados de la CHI, aparece en el artículo 51 de la Constitución española como un principio rector de nuestra política social y económica ?cuya garantía constitucional se impone a los poderes públicos??. Una protección que también recoge la Directiva 93/13/CEE así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE sobre la protección de los consumidores en ámbitos relacionados directamente con el derecho a la vivienda.

La segunda de las quejas que los abogados someten a consideración del TEDH tiene que ver con la vulneración del derecho fundamental a utilizar todos los medios de prueba en los procedimientos judiciales y con la ?proscripción de la indefensión, ambos integrantes del derecho a la tutela judicial efectiva, a causa de la constante y reiterada denegación de práctica de prueba?? del tribunal de instrucción que archivó el caso.

Recordemos que Enrique Caño se hallaba al frente de una entidad, la CHI, que se presentaba a los inmigrantes como una suerte de ONG que les ayudaba en su integración en España. Una vez que alguno mostraba interés en comprar una casa, se encargaba de realizar todos los trámites, organizando una red de avales cruzados: cada futuro propietario debía avalar a otro antes de firmar las escrituras. Muchos ni siquiera se conocían entre sí. La Central Hipotecaria del Inmigrante realizaba estas operaciones con entidades como Caja de Ahorros del Mediterráneo, Caja Madrid, Caja España, BBVA, Catalunya Caixa o Caixa Bank Etc. Decenas de familias afectadas, casi todas de rentas modestas, han sido desahuciadas en estos años al no poder hacer frente a sus créditos hipotecarios con ellas.??

Contacto: Aída Quinatoa, portavoz de los Afectados CHI. Tfno.: 666 754 920.

chiafectados@gmail.com