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Las razones de un voto. El dilema del celibato eclesiástico
DOMINICAL ?? 12 MAYO 2013
La Iglesia católica persiste en negar la libertad de matrimonio para sus ministros; la abstinencia sexual fue impuesta en 1123 y los papas pío IV y Gregorio XIII tuvieron hijos ilegítimos. Hoy abundan concubinatos y pedofilia, así como las corrientes que piden flexibilizar la regla.
?? El papa Francisco heredó una Iglesia plagada de problemas y la necesidad de dar un cierre definitivo al enorme escándalo de abuso de niños por parte de sacerdotes, una brasa que ardió en las manos de su antecesor, Benedicto XVI. El 5 de abril, antes de que se cumpliera un mes de su elección y consciente de la importancia que tiene el combate al abuso sexual para ?la Iglesia y su credibilidad??, Francisco se reunió con el jefe doctrinal de la Santa Sede, el arzobispo Gerhard Muller y le pidió mano dura tanto para evitar el flagelo que alcanzó a miles de parroquias en todo el mundo como para ?asegurar que ahora sus perpetradores sean castigados??.
La necesidad del castigo ejemplar innova sobre una práctica histórica de la Iglesia católica que prefirió siempre mantener a rajatabla la rigidez de la doctrina ?a sabiendas de que el hombre, por su debilidad, terminará probablemente por quebrantarla? para ejercer luego la dadivosa comprensión del transgresor concediéndole el beneficio de la confesión y el perdón.
El telón de fondo de todos estos escándalos es la polémica sobre el voto de celibato, que se pregunta si las pasiones irrefrenables no son la obvia contracara de una prohibición que va contra la naturaleza de los hombres. Si bien los especialistas en sexualidad afirman que la pedofilia es una perversión que no está vinculada con la abstinencia sexual al punto de que puede ejercerse en simultáneo con una vida heterosexual ?normal??, a lo largo de los últimos 50 años han proliferado en toda Europa los movimientos de sacerdotes que piden ?flexibilizar?? el celibato para que sea una opción y no una obligación en el camino religioso. Para justificarlo esgrimen el dato no menor y ?curiosamente?? desconocido de que la Iglesia católica no fue monolítica en torno al tema del celibato a lo largo de la historia.
No existe en el Nuevo Testamento ninguna ley que imponga el celibato a los curas. Por el contrario, una carta que San Pablo envió a su discípulo Timoteo dice: ?Los sacerdotes deberán ser hombres casados una sola vez, que sepan gobernar en su casa. Porque si no son capaces de gobernar en su hogar ¿cómo van a poder gobernar la Iglesia???.
Aunque ya desde el Antiguo Testamento algunos hombres, como Elías y Jeremías, prefirieron ser célibes, y aunque en los tiempos de Jesús los rabinos hablaban de casarse con la Torah, lo que quería decir dedicar toda la vida al estudio de la Palabra, hasta la llegada de Cristo y después San Pablo, el único estado de vida conocido era el matrimonio. Los rabinos (maestros) enseñaban que el hombre era sólo medio hombre si no se casaba a los 20 años.
San Pablo eligió su celibato desde antes de convertirse en cristiano y lo recomendó para aquellos dedicados a servir a Dios en este mundo. Sin embargo, como se dirigía a una audiencia general aconsejó, como Jesús, seguir la vocación dada por Dios, ya sea el celibato o el matrimonio: ?Cada uno se desenvuelva en la condición en que lo puso el Señor, tal como lo encontró el llamado de Dios. Así lo ordeno yo en todas las Iglesias??.
Las primeras interdicciones se remontan a principios del siglo IV, pero fueron esporádicas. SegúnLe controle des naissances (El control de nacimientos), de André Dumas, recién a partir del siglo V la ley empezó a prohibir a los sacerdotes que fueran casados, pero esta prohibición solo alcanzaba a los obispos, no al clero. La prueba de que la restricción no era terminante fue el Concilio de Rímini, realizado en julio del año 359, al que asistieron 300 obispos casados, una cifra considerable dados los pocos obispos que había por entonces en el mundo latino.
Y no solamente los sacerdotes tenían esposas. Hay pruebas contundentes de que los canónigos y el clero bajo tenían concubinas, algo criticado en muchos concilios. Se sabe por ejemplo que en el año 1000, por exigencia de los concilios de Maguncia y Augsburgo ?realizados dos siglos antes?, el obispo de Brema tuvo que expulsar de la ciudad a las concubinas. Y también se sabe ?según cuenta el historiador católico Daniel Rops? que al Concilio de Constanza se desplazaron 700 prostitutas para atender a los obispos y al clero.
Recién en el siglo XI las interdicciones se generalizaron como regla, pero no eran para todos: estaban dirigidas en lo fundamental a impedir un segundo casamiento por parte de los ministros viudos. Cuando el primer Concilio de Letrán exigió en 1123, la obligación del celibato, ésta sólo rigió para el mundo latino: en el Oriente cristiano se había declarado que hombres casados podían ser ordenados sacerdotes, y así rige hasta el día de hoy.
Si bien en 1139 el Concilio de Letrán II impuso la obligatoriedad del celibato para todos los miembros de la Iglesia, hasta el siglo XIII se conocen casos de sacerdotes casados formal y públicamente. Recién en el Concilio de Trento (1545-1563) se sancionó solemnemente y de forma definitiva el celibato clerical: a partir de allí la castidad y la virginidad son considerados superiores al matrimonio.
¿Qué hizo que se cambiara el criterio y que de la objeción inicial, referida a un segundo casamiento luego de la viudez, se pasara a la certeza de una incompatibilidad fundamental entre los estados conyugal y sacerdotal? Hay acuerdo en que el arrepentimiento de San Agustín fue determinante, al dictaminar ?luego de una vida dedicada a los vicios? que el sacerdote debe ser casto y moverse únicamente en terrenos espirituales porque la construcción del reino de Dios es una tarea tan titánica que necesita una dedicación full time y todas las energías. Para él no había dudas de que se trata de un voto consciente y voluntario que debe hacer todo aquel que quiera abrazar la carrera religiosa como prueba de entrega y modo de selección de las mejores almas.
Así fue como la Iglesia católica, en la lucha por la castidad, prefirió sostener a rajatabla su dogma, aun sabiendo que podía ser trasgredido. La imposibilidad de cumplir el voto a rajatabla era un secreto a voces. Tres siglos antes de ese concilio donde se impuso el celibato, durante el Concilio de Aiz-la-Chapelle, se había admitido abiertamente que en los conventos se realizaban abortos e infanticidios para encubrir la actividad de los clérigos, y el obispo Ulrico, reivindicando el sentido común, argumentó a favor de permitir que los obispos se casaran como la única forma de purificar la Iglesia de los peores excesos.
Ni siquiera en las altas cumbres vaticanas era fácil cumplir el voto. En 1045 el papa Bonifacio IX se dispensó a sí mismo del celibato y renunció al papado para poder casarse. Varios papas tuvieron hijos ilegítimos en los siglos XIII y XIV ?Inocencio VIII, Alejandro VI y Pablo III. E incluso después de la sanción solemne del celibato en el Concilio de Trento, los papas Pío IV y Gregorio XIII tuvieron hijos ilegítimos.
¿Por qué ante las evidencias siguió imponiéndose el voto de castidad en el seno de la Iglesia católica? En su libro Los bienes terrenales del hombre, el sociólogo estadunidense Leo Huberman da razones muy pragmáticas: ?La Iglesia era el mayor terrateniente de la época feudal. Los aristócratas, preocupados por la clase de vida que habían llevado, querían asegurarse de que al morir irían a la diestra de Dios, por ello donaban tierras a la Iglesia; quienes sabían que la Iglesia cuidaba a enfermos y pobres hacían lo mismo, mientras algunos nobles y reyes crearon la costumbre de ceder parte de las tierras conquistadas en las guerras a la Iglesia.
De ésta y otras maneras la Iglesia acrecentó sus posesiones a lo largo de varios siglos hasta que llegó a ser dueña de la mitad de toda la tierra en Europa occidental. Según relata Huberman, en tiempos en que se impuso el voto del celibato, los curas o abades vivían del diezmo (la gente aportaba a la Iglesia el 10 por ciento de su salario) y el poder político y económico de la Iglesia se hubiera desbaratado si cada sacerdote hubiera tenido que mantener seis o siete descendientes y repartir entre ellos sus tierras.
A partir del siglo XVIII las leyes eclesiásticas iniciaron una progresiva rigurosidad interna. El Código de Derecho Canónico de 1917 estableció penas para los delitos cometidos por religiosos: por concubinato se les suspendía a divinis (canon 2359-1), y por corromper menores de 16 años, adulterio, estupro, sodomía o zoofilia, se les suspendía y declaraba infames (canon 2359-2).
Cuando en la década de 1970, y ventilando numerosas situaciones internas, el papa Paulo VI (1963 a 1978) optó por conceder autorizaciones a quienes desearan contraer matrimonio, cerca de cuatro mil 800 sacerdotes dejaron la Iglesia a través de esa dispensa. Estos permisos fueron negados en forma sistemática a partir del pontificado de Juan Pablo II, quien prefirió el método tradicional de alentar al cumplimiento del voto y actuar sobre las consecuencias.
Los primeros casos de abuso sexual en el seno de la Iglesia denunciados de forma pública se presentaron en la década del noventa en Estados Unidos y en Irlanda. El informe John Jay encontró acusaciones contra cuatro mil 392 sacerdotes estadunidenses en el lapso de 50 años, lo que representaba el 4 por ciento del clero de ese país. Se trataba de víctimas menores de edad, numerosos niños impúberes y en su mayoría varones y el escándalo produjo la apertura de nuevas causas públicas en otros países de Occidente.
La abrumadora cantidad de casos de pedofilia obligó a la Iglesia católica a endurecer las penas que ella misma había suavizado en 1983 cuando a través del Código de Derecho Canónico condenó el concubinato con la pena de suspensión simple, y dejó librado al término genérico de ?penas justas?? el castigo por todos los demás delitos sexuales.