Declaración de la RedDESC sobre la Crisis Financiera y la Recesión Económica Global: Hacia una respuesta basada en los derechos humanos

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[Versión original en inglés.]
1. Lo que comenzó en el verano de 2007 como una crisis del sector de las hipotecas de alto riesgo
en los Estados Unidos se ha transformado en una crisis económica estructural de dimensiones
globales que muchos analistas consideran como la peor desde la Gran Depresión.

Esta crisis financiera y recesión económica global se encuentra en vías de profundizar los ya marcados niveles de desigualdad existentes dentro de cada país y entre diferentes países y tendrá graves efectos sobre la realización de los derechos humanos, en particular, de los derechos económicos, sociales y culturales.

Mientras que en los países desarrollados la población siente los efectos sobre su
estándar de vida, sus empleos y sus hogares, en los países en vías de desarrollo sufren la crisis de
manera más radical, ya que disponen de escasas redes de protección contra la amenaza de la
pobreza extrema y carecen de capacidad fiscal y espacio suficientes para aliviar el golpe.
2. La drástica caída de la demanda agregada global ha causado grandes niveles de desempleo y la
destrucción de medios de subsistencia, con graves consecuencias para el derecho al trabajo,
especialmente en los países más pobres.

La OIT calcula que, solamente este año, alrededor de 51
millones de personas quedarán sin trabajo, y se estima que los salarios y las condiciones de trabajo
enfrentarán mayores presiones negativas. Es probable que las mujeres y los niños, los pobres, los
pueblos indígenas, las minorías étnicas y los trabajadores migratorios sufran en forma
desproporcionada. Casi el 55% de las mujeres, según afirma la OIT, se encontrarán este año en
situaciones vulnerables de empleo. Siendo que esta crisis se suma a la crisis alimenticia, el derecho
a la alimentación también está seriamente amenazado.

A medida que aumenta la pobreza a causa
de la contracción de la economía, mayor número de personas se verán obligadas a reducir la calidad
o cantidad de su alimentación por debajo del mínimo necesario para llevar una vida saludable,
haciendo que la cantidad de personas que sufren de hambre en el mundo supere los mil millones,
de acuerdo con informes de la ONU. El goce del derecho a la salud, por otro lado, también se ve
amenazado, porque la malnutrición debilita y vuelve más vulnerables a adultos y niños a contraer
enfermedades, con cada vez menos posibilidades de enfrentar los costos de la atención médica. La
OMS estima que más de mil millones de personas ya tiene dificultades para acceder a servicios de
salud. El goce del derecho a la educación también correr riesgo cuando las familias recortan sus
gastos y retiran a los hijos de la escuela debido a las dificultades económicas. Las consecuencias de
largo plazo de la crisis pueden llegar a ser más severas todavía, teniendo efectos de por vida sobre
los niños y jóvenes.

A medida que se reducen los ingresos públicos, las posibilidades de los
gobiernos de proveer protección social y servicios básicos esenciales se ven seriamente limitadas.
Sin programas de protección social, como un seguro de desempleo, millones de personas pueden
verse obligadas a vender sus pertenencias, lo que produciría un espiral descendiente hacia ciclos
más profundos de deuda y pobreza, con graves efectos que se prolongarán durante generaciones.
3. Si se responde a los disturbios sociales y la expresión pública de desesperación y frustración
con la represión violenta de las fuerzas gubernamentales, como ya ha ocurrido en algunos países,
los derechos civiles y políticos también se verán amenazados por la crisis económica. Un aumento
de los sentimientos xenófobos o discriminatorios de otro tipo, originado en el intento de algunos
sectores de la población de utilizar a otros como chivos expiatorios, también pondría en jaque los
derechos de los trabajadores migratorios y grupos minoritarios más vulnerables a la
discriminación.

4. Pero esta crisis financiera no es la primera que ocurre desde 1929. Varias crisis precedieron a la
actual, en particular la crisis de Asia oriental ocurrida a fines de la década de 1990. En todas estas
crisis se observa un patrón claro: los ciudadanos comunes, especialmente los sectores menos
favorecidos de la sociedad, enfrentan grandes dificultades y sufrimiento desproporcionados a causa
de una situación que no han contribuido a generar. Sin embargo, los responsables de la
especulación financiera y la falta de regulaciones gubernamentales que causaron la crisis
permanecen impunes.

5. Además, con demasiada frecuencia, las soluciones propuestas para las crisis financieras
amenazan con exacerbar las desigualdades estructurales ya existentes. Como han señalado
numerosos economistas, las políticas económicas basadas en la privatización, la desregulación y la
liberalización causaron, con el paso del tiempo, una creciente desigualdad dentro de cada país y
entre diferentes países. Tal desigualdad ha sido un elemento central característico de nuestra crisis
actual, con patrones asociados de redistribución de la riqueza hacia el sector privado y empresarial,
afectando a los trabajadores y las personas en situación de pobreza en el ámbito nacional y
generando marcados desequilibrios comerciales entre diferentes países.

6. Coincidimos con economistas prestigiosos, como Joseph Stiglitz, quien afirma que el
crecimiento del sector financiero y el PBI no son fines en sí mismos, sino que existen para servir al
bienestar de los pueblos. Lo que es bueno para las finanzas y el PBI no necesariamente es bueno
para el bienestar económico de todos. Esta crisis financiera cuestiona profundamente la creencia de
que la riqueza generada en los mercados permea a todos los sectores de la sociedad por el efecto
?derrame??. Este colapso estructural llama a la creación de un nuevo marco de acción para los
gobiernos?tanto en el ámbito nacional como internacional?en el que las personas y el medio
ambiente, y no los bancos o las empresas, estén en el centro de la formulación de políticas
económicas.

Hacia una respuesta a la crisis global financiera y económica basada en los derechos
humanos

7. Por la presente instamos a que se de una respuesta a la crisis financiera y la recesión económica
que asegure el cumplimiento de los derechos humanos, en particular de aquellas obligaciones
legalmente vinculantes consagradas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los
principales tratados internacionales de derechos humanos. Esta petición no solamente es necesaria
por una cuestión de justicia, sino que permitirá que las reformas del sistema financiero y
económico sean más sustentables y resistentes ante crisis futuras.

8. Una respuesta basada en políticas de derechos humanos no presupone ningún tipo de sistema
económico en particular ni preordena medidas comerciales o financieras específicas en todos los
contextos. Lo que sí aportan las normas de derechos humanos es un marco claro y reconocido
universalmente fundado en el derecho internacional como guía del diseño y aplicación de políticas
y programas económicos destinados a enfrentar esta crisis económica sin precedentes. Los
derechos humanos no solamente le ponen un límite a la opresión y al autoritarismo, sino que
también generan para los Estados obligaciones positivas para hacer efectivos los derechos
humanos, en particular, los derechos económicos, sociales y culturales. Los Estados tienen la
obligación de respetar, proteger y cumplir todos los derechos humanos (civiles, culturales,
económicos, políticos y sociales) en todo momento, especialmente en épocas de crisis.

9. Los gobiernos deben cumplir con su obligación de asegurar como prioridad niveles mínimos de
goce de los derechos sociales y económicos, así como evitar que no se tomen medidas regresivas en
forma deliberada, por ejemplo, recortando programas destinados a la realización de derechos
esenciales. Los programas existentes que protegen la salud infantil y maternal, proporcionan
asistencia alimenticia para las personas que sufren hambre, combaten enfermedades prevenibles y
la malnutrición, o aseguran el acceso a la educación primaria, por ejemplo, no pueden ponerse en
peligro de ninguna manera como consecuencia de la crisis, excepto que las limitaciones se
introduzcan tras un análisis muy cuidadoso de todas las alternativas posibles. Incluso en caso de
que se reduzcan los ingresos públicos, los Estados deben poner a disposición la máxima cantidad de
recursos disponibles a fin de asegurar la realización progresiva de la implementación plena de los
derechos económicos y sociales a corto y largo plazo. Los Estados tienen la obligación específica y
continua de avanzar de la manera más rápida y efectiva posible hacia la plena realización de dichos
derechos.

10. Asimismo, el principio de los derechos humanos de la no discriminación requiere que los
Estados aseguren que todas las medidas adoptadas en respuesta a la crisis eviten efectos
desproporcionados entre distintos sectores sociales, y que se tomen medidas deliberadas y
específicas a fin de asegurar una igualdad sustantiva en el acceso a los servicios básicos por parte
de todos los grupos de la población. Se debe dar prioridad a la protección de los miembros de la
sociedad menos favorecidos, incluso en épocas de gran escasez de recursos.

11. Las obligaciones primarias de derechos humanos de los Estados deben cumplirse dentro de sus
jurisdicciones nacionales. Sin embargo, en virtud del espíritu de la Carta de la ONU y el derecho
internacional aplicable, los Estados deben contribuir a través de la cooperación internacional a la
plena realización de los derechos humanos. Cuando actúan en el marco de foros internacionales
ligados a la actual crisis económica, como las Naciones Unidas, el Banco Mundial, el FMI y/u otras
reuniones especiales del G??20, los Estados deben garantizar que sus políticas sean coherentes y
conducentes a la realización de los derechos humanos. Los Estados que han tenido un peso
preponderante en la toma de decisiones de políticas económicas globales tienen una mayor
responsabilidad en la generación de esta crisis global. Esto significa que sobre ellos pesa una mayor
responsabilidad en la mitigación de sus consecuencias y en la adopción que las medidas necesarias
para asegurar que las soluciones por delante sea justas y sustentables.

12. Los Estados tienen la obligación de respetar el goce de los derechos humanos fuera de sus
fronteras y de recuperar su capacidad reguladora para proteger contra los abusos de los derechos
humanos que involucran a terceros, ya sean empresas, bancos u otros actores no estatales. Los
gobiernos también deben asegurar que los estándares de derechos humanos tengan prioridad
sobre otros compromisos comerciales, de inversión o financieros.

13. Finalmente, el diseño y la implementación de las políticas y programas económicos deben
cumplir con los principios básicos de los derechos humanos de la participación social, la
transparencia, el acceso a la información, la protección judicial y la rendición de cuentas. La
participación depende de que el proceso de formulación de políticas económicas se abra en forma
significativa al cuestionamiento y debate de las personas afectadas. El acceso público a la
información que afecta la vida de la gente de cualquier manera no debe verse restringido y se deben
tomar medidas positivas para asegurar la transparencia. Asimismo, los Estados deben asegurar que
las personas que hayan visto afectados sus derechos tengan acceso a recursos efectivos para que se
investigue y se sancione a los responsables de las violaciones, incluyendo actores privados, y que
obtengan una reparación adecuada. Los Estados deben además adoptar todas las medidas
necesarias para prevenir que las actividades futuras afecten los derechos fundamentales de la
población.

REFORMA DE LOS PROCESOS DE TOMA DE DECISIONES RELACIONADAS CON LA POLITICA ECONOMICA
14. La crisis que enfrentamos actualmente proporciona la oportunidad histórica y una
responsabilidad generacional de repensar la manera en que se han tomado hasta ahora las
decisiones sobre políticas económicas. Por ello, el inicio de un enfoque basado en los derechos
humanos exige una reforma de las estructuras de gobierno destinada a asegurar que la política
económica, en el ámbito nacional e internacional, sea implementada de acuerdo con el conjunto de
estándares y principios que ofrece el régimen de derechos humanos.

15. La rendición de cuentas, la transparencia y la participación deben estar en el centro de los
procesos de reforma del sistema financiero en el ámbito nacional. Con demasiada frecuencia las
decisiones oficiales sobre la regulación del flujo de capitales financieros, por ejemplo, o la necesidad
de prescindir de ellos, recaen en unos pocos ?expertos?? que suelen incluir a representantes de las
industrias del sector privado. Este proceso cierra efectivamente las vías de participación pública en
debates políticos y legales fundamentales que afectan a todas las personas, y que tienen especial
impacto sobre los sectores más desfavorecidos de la sociedad. Una respuesta basada en una política
de derechos humanos aseguraría la participación democrática en todos los niveles, sometiendo las
decisiones al escrutinio público, la transparencia y la rendición de cuentas en cada paso.

16. Asimismo, los principios de rendición de cuentas y participación en la formulación de políticas
económicas también se ven perjudicados cuando las instituciones financieras internacionales y los
donantes exigen condiciones políticas intrusivas o cuando se incluyen reglas inflexibles en
convenios de comercio e inversión. Los Estados deben estar facultados para sostener que sus
obligaciones relacionadas con los derechos humanos tienen prioridad frente a cualquier otro
compromiso económico, comercial o de inversión.

17. Esos mismos principios de derechos humanos deben ser infundidos en el ámbito internacional,
donde la cooperación para la realización de los derechos humanos es una obligación de todos los
Estados, en particular, de aquellos responsables por la generación de perjuicios. A pesar de las
amplias consecuencias de las medidas de política financiera, los organismos intergubernamentales
que definen la agenda y diseñan las reformas financieras, como el Comité de Basilea sobre
Supervisión Bancaria, el Foro de Estabilidad Financiera y el G??20, limitan la participación de la
mayoría de los países del mundo. El Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, por su
parte, siguen siendo gobernados por principios que confinan a los países en desarrollo a un papel
marginal y limitan la transparencia en la toma de decisiones. Igualmente importante es que otras
organizaciones internacionales que poseen el mandato expreso de proteger los derechos humanos
están excluidas del diseño de las respuestas políticas; de hecho, todo apunta a un esfuerzo explícito
de dejarlas al margen.

18. Por lo tanto, creemos que la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su carácter de
guardián del marco legal internacional, es el foro más apropiado y legítimo para discutir las
reformas necesarias para reestructurar el sistema económico y financiero internacional dentro del
marco legal de los derechos humanos. Solamente la Organización de las Naciones Unidas (tal vez
asistida por un Consejo de Coordinación Económica Global, cuya creación fue recomendada por la
Comisión de Expertos establecida por la ONU) tiene poder suficiente para reunir a todos los actores
para enfrentar las amenazas globales actuales, de manera abierta, democrática, transparente, no
discriminatoria y dentro de un proceso que incluya mecanismos adecuados de rendición de
cuentas.

REGULACION DEL SECTOR BANCARIO Y FINANCIERO
19. La crisis financiera global no solamente es consecuencia de la actuación irresponsable y
motivada por el ánimo de lucro de las entidades financieras, quienes en este marco transfieren la
mayor parte de sus riesgos a los sectores más vulnerables de la sociedad. Políticas gubernamentales
específicas diseñadas para desregular el sistema financiero en forma masiva dieron lugar al entorno
permisivo que condujo a esta crisis económica global. Los gobiernos?en el ámbito nacional y en
forma concertada con otros?tienen la obligación de adoptar políticas y medidas legales para
proteger contra los abusos, impidiendo que entidades bancarias y de otro tipo del sector financiero
lleven a cabo actividades que puedan afectar la realización de los derechos humanos. Los gobiernos,
en este sentido, deben fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas y el estado de derecho
ejerciendo su autoridad, por ejemplo, contra las conductas fraudulentas. En los casos en que
algunos actos no son considerados delitos (como la ?evasión impositiva?? en algunos países) u
ofensas que causan responsabilidades legales, se debe crear la legislación apropiada. Asimismo, los
gobiernos deben tomar medidas serias para asegurar que las personas y los países afectados por
acciones que no han contribuido a causar accedan a los recursos apropiados para enjuiciar a los
responsables y obtengan una reparación adecuada.

20. De todas las entidades del sector financiero, los bancos son los que están sujetos a mayores
regulaciones. Sin embargo, su actuación se guía cada vez más por principios de auto??supervisión
basados en los mecanismos de gestión de riesgos de los propios bancos, en vez de en mecanismos
independientes de rendición de cuentas establecidos por ley. En respuesta a la presión de los países
industrializados, numerosos países en desarrollo han ido adoptando en forma progresiva los
mismos principios, en parte seducidos por la posibilidad de atraer a bancos internacionales. Con
este mismo objetivo se han adoptado también reglas extremas para proteger el movimiento de
capital por parte de tales bancos. Sin embargo, este enfoque desregulador empleado para atraer a
bancos extranjeros ni siquiera ha traído los beneficios esperados. De hecho, las pruebas empíricas
no muestran ninguna relación entre las cuentas de capital liberalizadas y un mayor crecimiento
económico. Los grandes bancos multinacionales han tendido a excluir o eliminar al sector bancario
nacional. Los resultados son claros. Políticas diseñadas para mejorar el acceso a crédito esencial
para combatir la pobreza y fortalecer el cumplimiento de los derechos económicos y sociales,
especialmente de los menos favorecidos, han mostrado escasas mejoras. Asimismo, los países con la
mayor exposición a bancos extranjeros y la mayor dependencia de tales bancos son los más
afectados por esta crisis financiera. A medida que las instituciones financieras se retraen hacia sus
países de origen, negándose a otorgar préstamos en economías que ahora son ?frágiles??, los
gobiernos carecen de acceso al crédito, que es tan importante para implementar las políticas
contra??cíclicas necesarias para reducir la profundidad y la duración de la recesión económica.

21. Es por ello que las reformas del sector bancario deben preservar el espacio para que los
gobiernos nacionales regulen los servicios bancarios a fin de asegurar que no discriminen contra
los pobres o los menos favorecidos, sino que sirvan a los intereses de la sociedad, asegurando el
acceso al crédito para todos. Si los servicios bancarios provistos por el Estado se consideran una
mejor opción para cumplir con dichos objetivos, se los debe utilizar sin limitaciones.
22. La liberalización del capital también ha dificultado la creación de impuestos progresivos sobre
los flujos de capital, lo que debilita aún más los ingresos tributarios y públicos del norte y del sur al
facilitar el traslado de ganancias desde donde se originan a otros regímenes con impuestos mínimos
o nulos. Los gobiernos deben cumplir con sus obligaciones frente a sus pueblos, protegiendo las
fuentes de ingresos públicos de manera transparente y responsable, cerrando los paraísos fiscales,
y tomando las medidas apropiadas para controlar el movimiento del capital y fortalecer las cuentas
fiscales.

23. Los fondos de cobertura, los fondos de capital privado, los instrumentos derivados y las
agencias de calificación del crédito son otros actores que han actuado con supervisión insuficiente
por demasiado tiempo. Su operación puede tener efectos profundos y mensurables sobre los
derechos humanos. En muchos países, se ha permitido que los fondos de cobertura se conviertan en
mecanismos convencionales en los que los ciudadanos comunes pueden conservar sus ahorros, lo
que amplía el riesgo que amenaza el derecho a la seguridad social. Los fondos de cobertura y los
fondos de capital privado también han obligado a una reestructuración irreversible de empresas de
todo el mundo, causando despidos repentinos y violaciones de los derechos laborales. Las
ganancias extraordinarias también fueron estimuladas por estrategias de cobertura basadas en
exenciones impositivas sobre la financiación de deuda. Eso puso en riesgo fuentes de ingresos
públicos y limitó las posibilidades de expansión fiscal de numerosos gobiernos exactamente en el
momento en que más las necesitaban para fomentar la creación de empleos y fortalecer las medidas
de protección social.

24. Los gobiernos deben trabajar en forma conjunta al asumir sus obligaciones frente al derecho
internacional, a fin de cumplir con su deber de asegurar una reparación adecuada para las víctimas
y de proteger a la gente en el futuro, adoptando todas las medidas necesarias para impedir que los
fondos de cobertura, los fondos de capital privado, los instrumentos derivados y las agencias de
calificación de créditos tengan efectos negativos sobre los derechos humanos.

25. Los bancos centrales, por su parte, son organismos públicos y, al formar parte del gobierno,
poseen obligaciones respecto de los derechos humanos. El principio de la autonomía del banco
central ha sido equivalente, con demasiada frecuencia, a su independencia de las preocupaciones
sociales. Sin embargo, el principio de autonomía ha implicado la interferencia por parte de grupos
de intereses financieros privados. Los bancos centrales deben reconocer que su autonomía no
significa falta de responsabilidad para servir a los intereses de la sociedad en su totalidad. Deben
equilibrar la necesidad de lograr un nivel de inflación estable y bajo con sus obligaciones de
combatir las desigualdades en el ingreso, y estabilizar los empleos y los medios de subsistencia de
la gente por medio de diversos instrumentos de crédito y supervisión.

LA CRISIS EN EL SUR GLOBAL
26. Los países en vías de desarrollo que durante mucho tiempo fueron obligados a confiar en el
crecimiento basado en las exportaciones y las políticas de libre mercado actualmente son los que
más sufren debido a la caída repentina de la demanda externa causada por la crisis. Se debería
otorgar flexibilidad especial a estos países para que puedan cumplir con la totalidad de sus
obligaciones en materia de derechos humanos a medida que desarrollan políticas comerciales
adecuadas para enfrentar la crisis y prevenir en el futuro vulnerabilidades relacionadas con las
exportaciones. El perfil y la estrategia exportadora elegida por un país?así como su plan de
desarrollo más general?deberían responder cuidadosamente a preocupaciones relacionadas con
los derechos humanos. Los Estados que se encuentran en este contexto, en particular, deberían
asegurar el cumplimiento inmediato de niveles esenciales de todos los derechos económicos y
sociales de manera que aseguren la protección prioritaria de los grupos menos favorecidos, eviten
la adopción de medidas regresivas e garanticen plenamente dichos derechos a corto y largo plazo
de acuerdo con la totalidad de sus recursos disponibles.

27. Notamos con preocupación que probablemente aumentarán los niveles de deuda en los países
en vías de desarrollo como consecuencia de la crisis. Una determinada cantidad de gastos
deficitarios serán sin duda necesarios para acelerar la recuperación y permitir que los gobiernos
estabilicen su gasto para asegurar niveles esenciales de bienestar. Sin embargo, la historia muestra
que una gran carga de deuda pendiente restringirá la capacidad fiscal de los gobiernos para cumplir
con sus obligaciones de derechos humanos. La cancelación de deudas debería ser considerada como
una manera de ampliar el espacio fiscal de los gobiernos para incurrir en gastos sin tener que pedir
prestados más fondos. Asimismo, parte de los actuales aumentos de deudas se deben a la
proliferación de líneas de crédito rápidas por parte de varias instituciones financieras
multilaterales, incluyendo el Banco Mundial y el FMI, destinadas supuestamente a ayudar a los
países en vías de desarrollo a enfrentar la crisis. Las grandes cantidades de créditos que está
desembolsando rápidamente el FMI, por ejemplo, cuentan con transparencia mínima o nula,
planteando el riesgo real de que se pasen por alto las normas básicas de participación pública, no
discriminación y rendición pública de cuentas respecto de tales fondos. Otra parte del aumento de
los niveles de deuda resulta del hecho de que los países tienen que refinanciar deuda en mercados
de capital privado muy presionados, en los que los fondos se han vuelto escasos, y ante los cuales
los países en vías de desarrollo tratan en vano de competir con los industrializados para reparar
sus sectores bancarios dañados e implementar planes de estímulo.

28. No es posible ignorar las consecuencias de tal endeudamiento y sus efectos sobre los derechos
humanos en el futuro. Los derechos humanos resultan críticos para guiar la evaluación de los
préstamos necesarios, las demandas que se deberían cumplir por medio de subsidios en vez de
préstamos, y los principios de rendición de cuentas y transparencia que asegurarán que los nuevos
préstamos se tomen y otorguen de manera responsable, con un control social apropiado, a fin de
prevenir la generación de más deudas ilegítimas que deberán pagar las generaciones futuras.
29. Algunos pronósticos señalan que los recortes presupuestarios causados por la crisis y la
transferencia de fondos a paquetes de estímulos fiscales de los gobiernos del norte global
conducirán a los países donantes a reducir su asistencia al desarrollo. Dado que debido a la crisis
financiera está en juego el goce de los derechos humanos, en particular de los derechos sociales, de
tantas personas, los gobiernos donantes no deben tomar medidas regresivas en el cumplimiento de
sus obligaciones de asistencia internacional. La crisis económica no debe servir como justificación
para reducir la asistencia al desarrollo de ninguna manera, y quienes más responsabilidad tienen
por la crisis tienen, también, ciertas responsabilidades en el sentido de aumentar sus compromisos
financieros sin condiciones, y fortalecer la capacidad de los gobiernos de países en desarrollo para
cumplir con sus propias obligaciones a fin de evitar medidas regresivas en el cumplimiento de los
derechos económicos y sociales.

PAQUETES DE ESTIMULOS ECONOMICOS Y MEDIDAS DE PROTECCION BASADOS EN LOS DERECHOS HUMANOS

30. Si los paquetes de estímulos económicos que se están diseñando en ciertos países se formulan e
implementan sobre la base de los estándares de derechos humanos de transparencia, rendición de
cuentas, participación y no discriminación, podrían ser muy útiles para mitigar algunas de las
peores consecuencias de la crisis sobre el goce de los derechos económicos y sociales. La no
discriminación en los paquetes de estímulos puede asegurarse por medio de evaluaciones de las
consecuencias distributivas de los paquetes sobre toda la sociedad a fin de garantizar que los
beneficios se otorguen equitativamente sin importar las diferencias de género, origen étnico,
orientación sexual y clase. También pueden ser necesarias medidas adicionales para promover la
igualdad sustantiva de los grupos históricamente menos favorecidos. Las decisiones que se tomen
mientras duran los paquetes de estímulo también deben estar abiertas a cuestionamientos, y
basarse en la participación y la transparencia para asegurar una sólida rendición pública de
cuentas. Las políticas sensibles al género, por ejemplo, deberían posibilitar la participación de la
mujer en el diseño y la implementación de paquetes de estímulos.

31. Un área particular de prioridad para todos los gobiernos en su respuesta a la crisis debería ser
la estabilización y el fortalecimiento de los sistemas de protección social, especialmente los sectores
menos favorecidos. El derecho a la seguridad social está consagrado en la Declaración Universal de
los Derechos Humanos y en numerosos tratados internacionales de derechos humanos, y todos los
Estados tienen la obligación de establecer inmediatamente un sistema básico de protección social y
expandirlo progresivamente, de acuerdo con los recursos disponibles. El fortalecimiento de estos
sistemas sirve para cumplir con la obligación de corto plazo de proteger a la población de los
efectos de una recesión económica y para contribuir con la prioridad económica de más largo plazo
de invertir en la población.

32. La actual crisis presenta una oportunidad histórica para reestructurar nuestra fallada economía
global. También abre una posibilidad para darle nueva forma a nuestra relación con el medio
ambiente. Las respuestas a la crisis financiera no deberían causar la reproducción, sino el fin, de los
patrones económicos no sustentables desde el punto de vista ambiental. En su esfuerzo por
estabilizar el empleo y los medios de subsistencia, los paquetes de estímulos a corto plazo deben
tener mucho cuidado de no ampliar la demanda al punto de intensificar los patrones obsoletos e
insostenibles de consumo de los países ricos y pobres. Por el contrario, los gobiernos deben
proteger nuestro futuro común colocándose a la altura de esta oportunidad única de apostar a una
economía con bajas emisiones de carbono, y de apoyar políticas climáticas de mitigación y
adaptación basadas en principios de derechos humanos en el ámbito nacional e internacional.