Panamá, 9 de septiembre de 2008.
Según un comunicado oficial, el Tribunal Latinoamericano del Agua ha podido percibir que las controversias hídricas que afectan pueblos indígenas asumen características muy específicas. Por esa razón, requieren un tratamiento que contemple todas sus especificidades de manera integral. En virtud de todo lo anterior y amparados en las disposiciones contenidas en la Declaración Latinoamericana del Agua, el tribunal ético ha programado una audiencia especializada que se está llevando a cabo en el Hotel La Real Plaza , Antigua Guatemala, del 8 al 12 de septiembre del 2008 con sectores de la sociedad civil panameña presentes.
El primer caso que lleva a audiencia es: Panamá -Proyectos Hidroeléctricos sobre los ríos Bonyic y Changuinola, Bosque Protector Palo Seco / Parque Internacional La Amistad. Provincia de Bocas del Toro. Comunidades Naso de Bonyic y Ngöbe de Charco La Pava. Esta denuncia fue presentada por el consorcio de organizaciones Alianza Naso, Asociación para la Conservación de la Naturaleza y la Cultura Ngöbe , Alianza para la Conservación y el Desarrollo y Asociación para la Conservación de la Biósfera. En oposición a esta demanda estarán el Gobierno de Panamá, la Autoridad Nacional del Ambiente, la Empresa de Servicios Públicos de Medellín y la Empresa AES.
Según la denuncia los proyectos de embalses inundarían una extensión superior a las 2500 hectáreas , distribuidas en los ríos Bonyic (1 embalse) y Changuinola (3 embalses). La principal causa del conflicto radica en que los embalses se construirían en tierras de las etnias Naso y Ngöbe respectivamente. Desde Octubre del 2007, se han presentado incidentes violentos en la comunidad Naso de Bonyic y en la comunidad Ngöbe de Charco La Pava.
De acuerdo con la información presentada, una población estimada en 5000 habitantes (1000 habitantes Naso y 4000 habitantes Ngöbe), se verían afectados por los citados emprendimientos. Los embalses propuestos se ubicarían en el Bosque Protector Palo Seco, área de amortiguamiento del Parque Internacional La Amistad.Aunado a lo anterior, los denunciantes sostienen que dichos emprendimientos implican violación a los derechos humanos indígenas que tienen que aceptar de manera forzosa una decisión unilateral del gobierno panameño y una alteración irreversible de las condiciones ecológicas únicas del Parque Internacional La Amistad , en especial a lo que su flora y fauna acuáticas se refiere.
El segundo caso presentado por organizaciones civiles panameñas corresponde al caso: Panamá ?Ley de Concesión para el aprovechamiento del agua en Panamá. Territorios de las comarcas indígenas panameñas: Ngöbe-Buglé, Madungandi, Kuna Yala, Wargandi y Emberá-Wounaan. Esta demanda fue interpuesta por los consumidores y usuarios en la mesa de debate de la Comisión de Ambiente, Población y Desarrollo, y Coordinadora Nacional de Mujeres Indígenas de Panamá (CONAMUIP). En oposición a la demanda estarán la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) y la Comisión de Población, Ambiente y Desarrollo de la Asamblea Nacional.
Según los denunciantes el proyecto de Ley # 278 «Marco de Gestión del Recurso Hídrico», presentado ante la Comisión de Ambiente, Población y Desarrollo de la Asamblea Nacional de Diputados propicia el acaparamiento de aguas. A juicio de los denunciantes, este proyecto de ley iría a facilitar el otorgamiento de concesiones permanentes de agua en desmedro de la participación ciudadana.
En lo que a las poblaciones indígenas compete, este proyecto vulneraría la autonomía indígena sobre sus territorios, y consecuentemente, sobre sus fuentes de agua, en criterio de los actores del contradictorio.
Según el Tribunal Latinoamericano del Agua (TLA) las complejas estructuras legales creadas con el fin de proteger esta invaluable riqueza han demostrado frecuentemente sus limitaciones para llevar a cabo su cometido. Muy a menudo estas tierras se ven enfrentadas a graves riesgos asociados a la expansión desmedida de los procesos de capitalización de recursos, con lo cual amenazan también los pueblos que las habitan. Tomando en cuenta la gran importancia estratégica que ha adquirido el agua en la actualidad, no es del todo ilícito suponer que los territorios indígenas (en tanto grandes reservorios de agua) pueden ser objeto de feroces disputas político-económicas. En América Latina no existen los instrumentos necesarios para el control y administración de los sistemas hídricos. Además, tampoco se han establecido procedimientos adecuados para el manejo de las controversias suscitadas por los usos de las aguas.
Susana Serracín, que defiende la primera de las dos demandas, indicó «queremos que un veredicto del TLA ayude a garantizar que se respete los Derechos Humanos, la seguridad jurídica ambiental y que se dé un alto a la modificación amañada de las leyes en perjuicio de las colectividades». Según la jurista también comentó que «es necesario impulsar la transferencia de tecnologías limpias y ambientalmente idóneas, fortaleciendo el respeto a una participación verdadera de la ciudadanía que garantice la Justicia Ambiental y la Justica Social para los panameños y los pueblos indígenas directamente afectados».
Mayor información:
Página de Internet del Tribunal Latinoamericano del Agua (TLA). Audiencia Pública en Guatemala.
Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD). Acdpanama@gmail.com , acd@acdpanama.org . Telefax. 223-9170
Alianza para la Conservación y el Desarrollo www.acdpanama.org (en reestruccturación)
Correo: acdpanama@gmail.com
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