La polémica entre la Iglesia y los profesores de religión ha vuelto a intensificarse en los últimos días. Los profesores están llevando ante los tribunales centenares de casos debido a que los obispos mantienen el criterio de que sus docentes de religión y moral en la escuela pública no tienen derecho a cobrar trienios o antigüedad alguna. Alfredo Sepúlveda, secretario general de la Unión Sindical Independeinte de Trabajadores-Empleados Públicos (USITe.p.) comenta con los lectores esta situación EN DIRECTO
Los internautas preguntan a Alfredo Sepúlveda
ELF16. 10:34h.
¿Cree usted que es justo que una organización como la Iglesia Católica, a la cual «pertenecemos» un gran porcentaje de la población española, debe seguir teniendo un trato de favor por parte del Estado como para seguir atropellando los derechos de los trabajadores, ya sea al negarse a pagar trienios o al incurrir en despidos improcedentes por cuestiones supuestamente morales?
Ninguna organización o institución debe ni puede atropellar los derechos de los trabajadores, pero en cuanto a los trienios no son ellos quienes deben reconocer su devengo ni su pago. Cualquier despido se le imputa a la administración, y si es como consecuencia de una propuesta eclesiástica deberá ésta, a partir de la nueva legislación, explicar por qué y los tribunales dictar si se ajusta a derecho o es en violación de un derecho fundamental.
Trasobares15. 10:30h.
¿Piensa usted que la situación laboral del profesorado de religión se «normalizará» algún día?
Quiero creer que sí, de hecho ha habido pasos de gigante en estos últimos 10 años.
Agamenón14. 10:29h.
La Unión Sindical Independiente de Trabajadores-Empleados Públicos, ¿se adscribe o se aproxima a alguna ideología? ¿Cuál sería el partido político más cercano a sus postulados?
Cada miembro de éste sindicato, al ser el mismo plural, es muy libre de adscribirse a la ideología que desee. Nuestro único requisito es la defensa de los trabajadores, especialemente de los profesores de religión. Hay, por tanto de todo, pero por nuestra trayectoria nos inclinamos por todo lo social.
maría13. 10:26h.
¿Podría describir en qué situación se encuentra la asignatura de religión en el resto de Europa? ¿En Finlandia?… ¿En las clases de religión se adoctrina? ¿O se enseña? ¿Se da catequesis? ¿Podría decir usted los criterios de igualdad y mérito y las baremaciones que últimamente rigen en la selección del profesorado de religión?
Por razones de espacio es imposible analizar cómo está la asignatura en el resto de Europa, pero existe en casi todos los países. La clase de religión no está para adoctrinar, ni para hacer catequesis, ya que para eso existen las parroquias, mezquitas o sinagogas, sino para enseñar y formar al alumnado integralmente, junto con el resto de materias.
Oseas12. 10:24h.
Si, según algunos dicen, la situación laboral precaria y de continua dependencia episcopal de los profesores de religión tiene su razón de ser última en los Acuerdos Iglesia-Estado. ¿No opina Vd. que éstos se deberían de denunciar o revisar?
Entendemos que el problema no está en los Acuerdos, sino en una interesada y torticera interpretación de los mismos. El problema para miles de trabajadores – profesores de religión, es que sin los Acuerdos, posiblemete desaparecería la asignatura. Otra cuestión distinta es una revisión más acorde con los actuales tiempos.
Arturo Fernández11. 10:22h.
¿No crees que la unión de los términos «Profesor» y «religión» es totalmente antinatural? ¿Por qué una religión debe ser enseñada cuando sus contenidos son completamente arbitrarios? ¿No sería más interesante una asignatura de histora de las religiones?
De la etimología de las palabras no se deduce ninguna «antinaturalidad». Los contenidos no son arbitrarios, de hecho se mantienen en lo fundamental; otra cosa es que se compartan o no. Nosotros propusimos al MEC en su día una asignatura de Fenomenología de las Religiones, pero se hizo caso omiso.
sapore10. 10:19h.
¿Tienen los profesores de religión derecho al reconocimiento de sus méritos docentes a efectos de oposiciones al igual que los profesores interinos?
Por supuesto que si, aunque los méritos pueden primar, por ejemplo, el haber impartido clases en una especialidad concreta y para esa especialidad. En algunas Comunidades lo reconocen abiertamente, aunque en otras no. Se está ganado en los tribunales esta situación de desventaja que se mantien con los profesores de religión.
FEJIRA9. 10:17h.
¿Qué relación tiene usted con los profesores de religión? ¿Cuál es realmente el problema entre profesores, Iglesia y Administración Autonómica?
Mi relación con los profesores de religión es que soy uno de ellos desde 1988. El problema fundamental, desde nuestro punto de vista, son las posturas ideológicas que provocan situaciones de indefensión. Cada parte, como he dicho anterormente, debe asumir sus propias competencias, sin ningún tipo de injerencias.
discriminado8. 10:15h.
¿Qué le parece que los profesores de religión queden marginados en el plan de calidad que la Junta de Andalucía está implantando en los centros públicos, cuando son miembros del claustro a todos los efectos, tienen voto en su aprobación, se les exigirá como a los demás y en cambio les prohiben cobrar los incentivos?
Como tu nick indica es una verdadera discriminación a la que los compañeros de Andalucía no pueden ni deben acostumbrarse. Sería recomendable estudiar el plan de calidad para, en su caso, poder recurrirlo.
acrata7. 10:13h.
¿Hasta cuándo se va a perpetuar la ideologización cristiana pagada con dinero público? Sería mejor que la enseñanza de la religión se hiciera en horario no lectivo dado el problema de fracaso escolar. Aunque los profesores de religión sean democráticos, la jerarquía de la Iglesia no lo es y esto es lo que deben enseñar en sus clases. Deben ser denunciados los obsoletos y predemocráticos Acuerdos Iglesia-Estado. Que las confesiones religiosas paguen la enseñanza de cada una de esas religiones.
Con dinero público se paga casi todo: sindicatos, fundaciones, asociaciones de vecinos, partidos políticos y un largo etcétera. La cuestión es si se realiza un servicio a la ciudadanía, ya que los profesores de religión realizan su servicio al Estado, no a la Iglesias que los proponen. Ha sido el propio estado quien ha elegido por la integración orgánica de la asignatura y no por la de libre acceso.
Demócrito6. 10:09h.
¿Es verdad la injusticia de que, para determinar la antigüedad de cada profesor, se va a tener como referencia la fecha de junio de 1999, cuando pasaron las competencias del Ministerio a la Comunidad, y no se va a tener en cuenta la antigüedad real de muchísimos profesores que vienen prestando servicios a la Administración desde antes de esa fecha?
Efectivamente parece que las administraciones de algunas Comunidades Autónomas y el propio MEC, con referencia a los profesores de religión de infantil y primaria, sólo quieren reconocerles desde la firma de los contratos, sin computar los años anteriores y que puedan acreditarse por cualquier forma válida en derecho. Incluso en algunas Comunidades, se plantea también para secundaria. Estamos preparando, en estos casos, las pertinentes reclamaciones judiciales.
Cellaris5. 10:07h.
¿Crees que debiera ser el Estado el que seleccionara en concurso-oposición a los profesores de religión o, en otro caso, se eliminase la asignatuar de la E. Secundaria o prefieres que siga siendo la Iglesia la encargada de hacer esa selección del modo en que actualmente lo hace?
Indudablemente lo ideal sería un concurso realizado por la Administración competente entre los propuestos por el Ordinario Diocesano (Obispo). Podríamos decir que la selección eclesiástica es «sui generis», pero la verdadera selección debería ser realizada por las administraciones competentes.
Pilar Pérez4. 10:05h.
¿Qué son los profesores de religión, catequistas o docentes? Si es lo primero que los nombre y pague la Iglesia y desarrollen su función en las capillas y si es lo segundo no debiera de nombrarlos ninguna iglesia y deberían de enseñar todas las relgiones.,..¿no cree?
Los profesores de religión en la enseñanza pública son docentes, que realizan una función para el Estado a partir de un mandato constitucional (art. 27) y de los compromisos asumidos libremente por Acuerdos internacionales por el Estado. Las Iglesias o confesiones, no los nombran, sino que los proponen. Al ser confesional la asignatura, aunque se refieren a otras religiones, el fundamento es la de la confesión pertinente.
pepe3. 10:01h.
¿Que novedades hay sobre los profesores de religion itinerantes y el cobro de sus itinerancias , asi como su reduccion de jornada? Un saludo.
Las itinerancias son un problema que, según la CC.AA, se está solucionado de una forma u otra. Algunas no las contemplan, otras no las pagan y algunas las pagan pero no aplican la reducción horaria que conlleva la itinerancia. Nosotros entendemos que tien una fuerte relación con las retribuciones, no solo el que se paguen, obviamente, sino también las reducciones horarias, por lo que debe aplicarse como a los funcionarios interinos.
Núria2. 09:58h.
¿Qué solución ve a la polémica entre la Iglesia y los profesores de religión?
La solución, desde nuestro punto de vista, radica en la asunción de competencias propias, tanto por parte de los profesores (enseñar) como de la jerarquía eclesiástica: proponer. Sin injerencias en los temas que no son de su incumbencia. En el caso del profesorado el currículo de la asignatura y el en caso de la jerarquía cualquier tema de carácter laboral.
DOLOROSA1. 09:56h.
Soy profesora de religión trabaje al acabar durante 3 meses y desde entonces hace más de 4 años no me han llamado a pesar de mis continúas solicitudes. ¿Qué criterios de baremación se utiliza? ¿Qué hacen los sindicados al respeto?. Mientras siguen los enchufismos y tratos de favor.
En primer lugar deben recolocarse los profesores que hayan perdido jornadas, pero en cualquier caso, a partir del próximo curso escolar debe baremarse, en virtud del Real Decreto 696/2007, según los méritos, capacidad e igualdad. Los sindicatos, al menos el nuestro, ha propiciado, junto con otros, este tipo de baremación más objetiva.