El término ?sinodalidad??, con su significado etimológico de ?marchar juntos??, evoca una práctica de gestión eclesial que equivale al concepto político de ?democracia?? y cuya concreción práctica en la Iglesia fue siempre y sigue siendo bastante problemática. Desde los primeros siglos se designan con las palabras ?sínodo?? y ?concilio?? las asambleas eclesiásticas convocadas en diversos niveles (diocesano, provincial o regional, patriarcal, universal) para discernir las cuestiones doctrinales, litúrgicas, canónicas y pastorales que se van presentando periódicamente.
En octubre de 2023 tendrá lugar un Sínodo de Obispos para tratar el tema: ?Por una Iglesia sinodal: comunión, participación y misión?, a convocatoria del papa Francisco. El papa Francisco ha manifestado muchas veces la importancia que tiene el que el Obispo de Roma, los obispos, los pastores, los religiosos y el conjunto de los bautizados laicos avancen juntos y de la mano: ?El camino de la sinodalidad es el camino que Dios espera de la Iglesia del tercer milenio?.
Es curioso y significativo el hecho de que el tema del Sínodo sea el concepto mismo de la Sinodalidad, es decir, una asamblea para debatir el concepto mismo de asamblearismo. El hecho de que el Concilio Vaticano II pretendió la promoción de la comunión eclesial, de la colegialidad episcopal, de la conciencia y del ejercicio sinodal?? denota que ese asamblearismo eclesial había faltado totalmente durante siglos. Eso, y también el hecho de que actualmente se esté publicando en los medios informativos abundante material sobre el sínodo y la sinodalidad indica que la práctica de ese asamblearismo fue muy escaso y restrictivo en la institución eclesial hasta el punto de que muchos católicos no sepan de qué va ese tema.
Lo entenderemos mejor si consideramos que ese concepto es en la Iglesia el equivalente al concepto ?democracia?? en la sociedad laica. Se trata de la participación de los miembros de un colectivo en los asuntos que atañen al conjunto del colectivo. Y ahora veremos que como miembros de la Iglesia tenemos en esta institución muchos menos derechos de los que tenemos como ciudadanos en la sociedad laica. Veamos la normativa de funcionamiento de los procesos sinodales y conciliares que prescribe el Código de Derecho Canónico. El concilio y el sínodo de obispos?? está sometido directamente a la autoridad del Romano Pontífice, a quien corresponde:
- convocar el sínodo, cuantas veces le parezca oportuno, y determinar el lugar en el que deben celebrarse las reuniones;
- ratificar la elección de aquellos miembros que han de ser elegidos según la norma del derecho peculiar, y designar y nombrar a los demás miembros;
- determinar con la antelación oportuna a la celebración del sínodo, según el derecho peculiar, los temas que deben tratarse en él;
- establecer el orden del día;
- presidir el sínodo personalmente o por medio de otros;
- clausurar el sínodo, trasladarlo, suspenderlo y disolverlo.
Además, la asamblea está integrada exclusivamente por obispos, a los que se añade algunos miembros de institutos religiosos clericales con rango equivalente al episcopal. Cuando el Romano Pontífice clausura la asamblea del sínodo de los obispos cesa la función que se le había confiado. La asamblea del sínodo queda suspendida ipso iure, cuando, una vez convocada o durante su celebración, se produce la vacante de la Sede Apostólica; y asimismo se suspende la función confiada a los miembros en ella hasta que el nuevo Pontífice declare disuelta la asamblea o decrete su continuación. Pero, sobre todo, hay que añadir que las decisiones del sínodo o concilio pueden o no ser aceptadas y aplicadas por el papa, o por el obispo convocante en el caso de los sínodos diocesanos. De hecho, en el caso del Concilio Vaticano II se excluyó a priori entrar en la temática del dogma y de la estructura jerárquica, y el papa Pablo VI detrajo de la temática conciliar el asunto del celibato eclesiástico. Además, muchas disposiciones de este concilio quedaron suspendidas durante los dos pontificados anteriores al actual. La convocatoria del próximo sínodo es una decisión del papa Francisco intentando corregir esa anomalía.
O sea que los concilios y los sínodos no son asambleas decisorias sino consultivas. La Iglesia es esencialmente autoritaria, y el papa tiene un rol de monarca absolutista. Si lo comparamos con el funcionamiento de la sociedad civil, es como si un rey pudiera convocar y desconvocar a voluntad el Parlamento, imponerle qué temas podría tratar o no, y aceptar o no las decisiones de los parlamentarios, que además no serían elegidos por los ciudadanos sino por el rey mismo, como ocurre con los obispos que son elegidos por el papa.
En teoría, una Iglesia sinodal es una Iglesia participativa y corresponsable. En el ejercicio de la sinodalidad está llamado a articular la participación de todos, según la vocación de cada uno, con la autoridad conferida por Cristo al Colegio de los Obispos presididos por el Papa. La participación se funda sobre el hecho de que todos los fieles están habilitados y son llamados para que cada uno ponga al servicio de los demás los respectivos dones recibidos del Espíritu Santo. La autoridad de los pastores es un don específico del Espíritu de Cristo Cabeza para la edificación de todo el Cuerpo, no una función delegada y representativa del pueblo.
Es una teoría contradictoria: por una parte, dice que ?la Iglesia sinodal es participativa y corresponsable?? ???? llamada a articular la participación de todos??, y después habla de una ?autoridad conferida por Cristo a los obispos y el papa?? ?? autoridad que no es ?una función delegada y representativa del pueblo??. En nombre de una autoridad que pretende haber recibido de Cristo, la jerarquía eclesial convoca asambleas de las que está excluida la base eclesial y cuyas decisiones pueden o no ser aceptadas por la autoridad convocante. No es extraño que los laicos no hayamos oído ni una palabra en las parroquias sobre las 29 Asambleas del Sínodo de Obispos que se dice han tenido lugar desde 1965.
Y ahora parece que en los últimos años el papa Francisco ha querido dotar de una nueva dimensión al Sínodo de los Obispos, implicando a todo el Pueblo de Dios: no solo obispos, sino sacerdotes, religiosos/as, laicos, hombres y mujeres de todas las edades. El hecho de que el tema del sínodo convocado sea precisamente la sinodalidad, ¿significa que la institución se va a examinar a sí misma y revisar la normativa de las asambleas sinodales y conciliares, y todo el funcionamiento interno para democratizarlo? Se percibe en algunos ámbitos eclesiales esperanza y expectación a ese respecto. Esperemos que el proceso no se salde con otra frustración. La credibilidad de la Iglesia católica está muy dañada y no puede permitirse otro fracaso en este terreno.